Resolución núm. 2296 EXENTA, publicada el 13 de Julio de 2021. APRUEBA INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA EXPLICATIVA Y CARTOGRAFÍA DE USOS PREFERENTES DE LA ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 870938567

Resolución núm. 2296 EXENTA, publicada el 13 de Julio de 2021. APRUEBA INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA EXPLICATIVA Y CARTOGRAFÍA DE USOS PREFERENTES DE LA ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA EXPLICATIVA Y CARTOGRAFÍA DE USOS PREFERENTES DE LA ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO

Núm. 2.296 exenta.- Santiago, 17 de mayo de 2021.

Vistos:

La ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; la ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; el DFL N° 340 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Concesiones Marítimas; el DS N° 9 de 2018, modificado por el DS N° 183 de 2019, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DS N° 475 de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República y crea la Comisión Nacional que indica; el of. Gab. Pres. N° 1 de 1997, Instructivo Presidencial para la elaboración de Estudios de Zonificación en Sectores Costeros de Regiones y para la creación de las Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero; el Gab. Pres. N° 1 de 2005, Instructivo Presidencial para la aplicación de un nuevo Reglamento de Funcionamiento Interno de las Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero; el DS N° 66 de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba Reglamento que regula el procedimiento de Consulta Indígena; el DS N° 32 de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica; el DS N° 434 de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030; la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, le corresponde el control, fiscalización y supervigilancia de toda la costa y mar territorial de la República y de los ríos y lagos que son navegables por buques de más de 100 toneladas.

  2. Que, en virtud de estas atribuciones, este Ministerio cuenta con la facultad privativa de otorgar el uso particular -individual o compartido- de los bienes nacionales que le corresponde administrar, lo que se materializa mediante un decreto supremo de concesión marítima, el que debe sujetarse a las exigencias de la normativa legal vigente, en particular, aquella contemplada en el DFL N° 340 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Concesiones Marítimas, y su Reglamento, velando por la protección del interés general y la compatibilidad con el mejor uso del sector, según las directrices establecidas en la Política Nacional de Uso del Borde Costero (PNUBC), aprobada mediante DS N° 475 de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional.

  3. Que, dentro de los objetivos centrales de la PNUBC, está el propender a una adecuada compatibilización de las múltiples actividades que se realizan o puedan realizarse en el Borde Costero y el de posibilitar y orientar el desarrollo equilibrado de las mismas desde una perspectiva que integre los intereses regionales, locales y sectoriales.

  4. Que, uno de los instrumentos a través de los cuales se implementa a nivel regional la PNUBC, y que procura la consecución de sus objetivos, es la Zonificación del Borde Costero.

  5. Que, siguiendo esta línea, el DS N° 9 de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, dispone que la Zonificación tiene por objeto establecer los múltiples usos, expresados en usos preferentes o excluyentes de los espacios que conforman el borde costero marino, lacustre y fluvial, graficados de acuerdo a los instructivos dictados por el Ministerio de Defensa Nacional, que identifiquen, entre otros aspectos, los límites de extensión, usos y las condiciones y restricciones para su administración.

  6. Que, según lo establecido en los artículos 17, letra a), y 36, letra p) de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, al Gobierno Regional le corresponde proponer un proyecto de zonificación del borde costero de la región, así como las eventuales modificaciones a la zonificación vigente, en concordancia con la política nacional existente en la materia, correspondiéndole, luego, al Consejo Regional aprobar las propuestas que sobre la materia se le presenten. Finalmente, dicha zonificación deberá ser aprobada mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Defensa Nacional y será reconocida en el respectivo plan regional de ordenamiento territorial.

  7. Que, en virtud de las facultades que le asisten al Ministerio de Defensa Nacional en materia de administración del Borde Costero y con el objeto de impulsar la finalización de los procesos de zonificación regional de acuerdo a los lineamientos establecidos en la PNUBC, se ha elaborado el presente "Instructivo para la elaboración y presentación de la memoria explicativa y cartografía de usos preferentes de la zonificación regional del borde costero", el cual tiene por objeto constituirse en una herramienta que dirija la confección de los documentos que formalizarán y graficarán las propuestas de zonificación que presenten los Gobiernos Regionales para su posterior aprobación mediante el respectivo decreto supremo.

  8. Que, el referido instructivo actualiza los contenidos mínimos indicados en el oficio Gab. Pres N° 1 de 1997 y en el of. Gab. Pres of. N° 1 de 2005, respecto de la Memoria Explicativa de Zonificación y la Cartografía de Usos asociada, atendidos los nuevos requerimientos incorporados en la normativa dictada con posterioridad, los cuales inciden directamente en el proceso de zonificación, haciendo necesario adecuar su metodología y formalización.

  9. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 bis de la ley N° 19.880, se comunicó el proyecto de instructivo a los Encargados de las Oficinas Técnicas de Borde Costero de las Divisiones de Planificación y Desarrollo Regional de los respectivos Gobiernos Regionales, cuyos informes han sido ponderados para la emisión de este documento.

    Resuelvo:

  10. Apruébase el "Instructivo para la Elaboración y Presentación de la Memoria Explicativa y Cartografía de Usos Preferentes de la Zonificación Regional del Borde Costero".

    INSTRUCTIVO

    PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA EXPLICATIVA Y CARTOGRAFÍA DE USOS PREFERENTES DE LA ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO

    1. INTRODUCCIÓN

      El gran potencial que representan los sectores costeros del país ha despertado en las últimas décadas una creciente demanda por el uso de los mismos, por lo que se hace cada vez más necesario y urgente avanzar en la planificación de los espacios con miras hacia un desarrollo armónico, sustentable y que ofrezca condiciones de ocupación segura. En este contexto, el Ministerio de Defensa Nacional, atendidas las facultades que le competen en materia de administración del borde costero y siguiendo los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Uso del Borde Costero, le asiste no solo la tarea de aprobar las propuestas de zonificación que presenten los Gobiernos Regionales -mediante el respectivo decreto supremo- sino que, además, la de continuar impulsando los procesos de zonificación que fueron iniciados en el marco del Programa de Zonificación Regional del Borde Costero desarrollado a partir del año 2007.

      En este sentido, la zonificación se presenta como un instrumento de ordenamiento territorial que expresa las definiciones de uso de los sectores que abarca, que han sido consensuadas con la intervención de actores tanto públicos como privados, compatibilizando su empleo para las diferentes actividades humanas y económicas que puedan converger en ellos y que...

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