Resolución núm. 2247 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2019. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL QUE INDICA
Núm. 2.247 exenta.- Valparaíso, 16 de octubre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 19.981 sobre Fomento Audiovisual y su respectivo reglamento; en el decreto supremo N° 265, de 2004, del Ministerio de Educación, que contiene el Reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N° 205, de 2005, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que aprueba forma de determinar la representatividad cualitativa de las organizaciones nacionales y regionales para designación de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en resolución N° 32, de 2017, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que formaliza designación de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en resolución N° 6, de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal que se indican.
Considerando:
Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. De este modo, el artículo 3 N° 1 de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito audiovisual.
Que conforme al artículo 13 del DFL N° 35, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, dicho Ministerio y sus Subsecretarías, dependientes han entrado en funcionamiento el día 1...
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