Resolución núm. 2077 EXENTA, publicada el 27 de Octubre de 2020. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2020, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 851349055

Resolución núm. 2077 EXENTA, publicada el 27 de Octubre de 2020. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2020, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2020, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Núm. 2.077 exenta.- Santiago, 19 de octubre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N°20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "LOSMA"); en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.834 que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N°105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví (en adelante, "PPDA"); en la resolución exenta N°1.076, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija su organización interna; en el decreto con fuerza de ley N°3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el decreto N°31, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra Superintendente; en la resolución exenta RA 119123/129/2019, de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra Fiscal; en la resolución exenta N°287, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente que establece orden de subrogancia para el cargo de Fiscal; en la resolución exenta RA 119123/58/2017, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que renueva nombramiento en el cargo de Jefe de la División de Fiscalización, y en la resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "Superintendencia" o "SMA") es el organismo creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las resoluciones de calificación ambiental, de las medidas de los planes de prevención y/o de descontaminación ambiental, del contenido de las normas de calidad ambiental y normas de emisión, y de los planes de manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de gestión ambiental que establezca la ley; así como imponer sanciones en caso que se constate alguna de las infracciones de su competencia.

  2. La letra e) del artículo 46 del PPDA, indica que corresponde a la SMA coordinar el Programa de fiscalización para el Plan Operacional de Gestión de Episodios Críticos (en adelante, "GEC") de contaminación ambiental con la colaboración del Delegado Presidencial Regional, la Seremi del Medio Ambiente, la Seremi de Salud, las municipalidades respectivas, y los órganos de la Administración del Estado competentes.

  3. Los oficios ordinarios N°981/2020, 982/2020 y 983/2020 y 984/2020, de fecha 16 de abril de 2020, y el oficio ordinario N°1798/2020 de fecha 20 de julio de 2020, todos de la Superintendencia, solicitando a los organismos sectoriales participantes en la ejecución del Programa de Fiscalización, la remisión de información asociada a criterios de priorización para la fiscalización de sus respectivas competencias y presupuestos asociados, entre otras materias, con el fin de coordinar el Programa de Fiscalización para el período de GEC del año 2020.

  4. El oficio ordinario N°12600/05/624 SMA, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático; el oficio ordinario N°726, de fecha 9 de junio de 2020, de la Seremi de Salud Región de Valparaíso; el oficio ordinario N°0191/ACC: 25833550 de fecha 1 de julio de 2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el oficio ordinario N°163/2020 de fecha 15 de julio de 2020, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso; y el oficio ordinario N°1550/2020 de fecha 24 de julio de 2020, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en donde adjuntan...

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