Resolución núm. 202299101940 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2022. NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: 'PARQUE EÓLICO DAÑICALQUI' - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 915756179

Resolución núm. 202299101940 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2022. NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: 'PARQUE EÓLICO DAÑICALQUI'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: "PARQUE EÓLICO DAÑICALQUI"

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que mediante resolución exenta N° 202299101940, de fecha 28 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto "Parque Eólico Dañicalqui", cuyo titular es Eólica Dañicalqui SpA, el cual se emplaza en las comunas de Yungay y Pemuco, Región de Ñuble, y en la comuna de Cabrero, Región del Biobío.

Al respecto, cabe señalar que, de acuerdo a la descripción del Proyecto "Parque Eólico Dañicalqui", la tipología en virtud de la cual ingresa al SEIA corresponde a aquellas contempladas en el artículo 3° del DS N° 40/2012, literales c): "Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW" y b): "Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones", siendo de las tipologías de proyecto citadas expresamente por el artículo 94 inciso 7 del Reglamento del SEIA, como aquellas que presentan cargas ambientales, cumpliendo con los requisitos contemplados normativamente, los cuales son:

i) la generación de beneficios sociales y ii)...

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