Resolución núm. 1875 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2015. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA QUE REEMPLAZA LA RESOLUCIÓN Nº420, DE 2012 FIJA PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA, JURÍDICA Y SOCIAL A PROGRAMA DE VIVIENDA APROBADO POR EL D.S. Nº 49, DE 2014, Y SUS MODIFICACIONES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 570935618

Resolución núm. 1875 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2015. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA QUE REEMPLAZA LA RESOLUCIÓN Nº420, DE 2012 FIJA PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA, JURÍDICA Y SOCIAL A PROGRAMA DE VIVIENDA APROBADO POR EL D.S. Nº 49, DE 2014, Y SUS MODIFICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

FIJA PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA, JURÍDICA Y SOCIAL A PROGRAMA DE VIVIENDA APROBADO POR D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, Y SUS MODIFICACIONES

Santiago, 20 de marzo de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.875 exenta.

Visto:

La ley Nº 16.391; el artículo 11, letra h), del DL 1.305, de 1975; el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que Reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y sus modificaciones, y lo previsto en la Ley de Presupuestos del Sector Público, y

Considerando:

La necesidad de adecuar los procedimientos para la prestación de los servicios de asistencia técnica, jurídica y social al Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, dicto la siguiente

Resolución:

Artículo único

Apruébense las siguientes disposiciones que regulan el procedimiento para la prestación de los servicios de asistencia técnica, jurídica y social, al Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones:

Programa de Asistencia Técnica del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda

Artículo preliminar: Conforme a la materia que por este acto se regula, se estará a los vocablos y definiciones establecidos en el artículo 72 del DS Nº49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, así como a las que a continuación se señalan:

Actividad o Actividades: La o las labores de carácter técnico, jurídico y social que debe realizar la Entidad Patrocinante, la empresa constructora o el Serviu, en su caso, comprendidas dentro de los Servicios de Asistencia Técnica que regula la presente resolución. Estas actividades comprenden también la Fiscalización Técnica de Obras (FTO), cuya responsabilidad de ejecución recae en el Serviu.

Asistencia Técnica, Jurídica y Social o Asistencia Técnica: Prestación de servicios que comprende, para proyectos de construcción, aquellos contemplados en el Capítulo VI del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, esto es, la identificación, gestión y organización de la demanda, la elaboración, aprobación y modificación de los proyectos técnicos, el plan de acompañamiento social, regulado en los artículos 50 y 51 del referido reglamento, la asesoría jurídica para compra de terrenos, la gestión técnica y social del proyecto habitacional, la asesoría para la recepción Serviu y DOM del proyecto habitacional, la inscripción de viviendas en el CBR y la fiscalización técnica de obras. Además, comprende la asesoría técnica y administrativa para la autoconstrucción asistida, y la asesoría para la adquisición de viviendas construidas. Respecto a la asesoría para la recepción de obras, esta primero debe permitir la recepción por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) y, posteriormente, por parte del Serviu, instancia esta última que valida el pago de los servicios de asistencia técnica y la fiscalización técnica de obras, en lo que respecta a esta etapa del proyecto.

Fiscalizador Técnico de Obras (FTO): Profesional o profesionales pertenecientes a Serviu o, en su caso, personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro Nacional de Consultores del Minvu, DS Nº 135 (V. y U.), de 1978, en el Rubro o Especialidad correspondiente, que, para ambos casos, tendrán a su cargo la fiscalización técnica de las obras comprendidas en el proyecto habitacional.

Servicios de Asistencia Técnica: Conjunto de actividades de índole administrativo, técnico, jurídico y social, que debe ejecutar la Entidad Patrocinante, la empresa constructora o el Serviu, según corresponda, de conformidad a lo dispuesto en el DS Nº49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, así como lo establecido en esta resolución.

Artículo 1º

Las siguientes disposiciones serán aplicables al desarrollo de los servicios de asistencia técnica, jurídica y social, y fiscalización de obras para proyectos de construcción y los servicios de asistencia técnica y jurídica para operaciones de adquisición de vivienda construida, conforme a lo establecido en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que regula el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.

Artículo 2º

DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS (CNT) Y MEGAPROYECTOS (MP), CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO (CSP), DENSIFICACIÓN PREDIAL (DP) Y PEQUEÑOS CONDOMINIOS (PC).

Los beneficiarios individuales y colectivos de un subsidio del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, que opten por aplicar el subsidio habitacional en alguna de las siguientes operaciones:

. Construcción de viviendas de forma individual o colectiva, cumpliendo los requisitos y normas dispuestas en el DS Nº49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, así como en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y, en general, toda la normativa vigente para este fin;

. Adscripción a un proyecto de la Nómina de Oferta de Proyectos Habitacionales para la adquisición de una vivienda que sea parte de ésta, siempre que la adscripción de las familias se realice previo a la recepción municipal por parte de la DOM respectiva;

contarán con una Asistencia Técnica brindada por una Entidad Patrocinante, empresa constructora o el Serviu, según corresponda, de conformidad a lo señalado en los artículos 49 al 55 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones.

  1. - De las Actividades vinculadas a Asistencia Técnica de responsabilidad Serviu

    1.1.- Las actividades que deberá desarrollar Serviu en el marco del Programa de Asistencia Técnica al DS 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, de acuerdo a tipología de proyecto, corresponden a:

    Para Construcción en Nuevos Terrenos (CNT) y Megaproyectos (MP)

    . Información y Gestión Territorial de la Demanda, y

    . Plan de Acompañamiento Social Etapa Apoyo a la Conformación del Nuevo Barrio.

    Para Construcción en Sitio Propio (CSP), Construcción en Densificación Predial (DP) y Construcción en Pequeños Condominios (PC)

    . Información y Gestión Territorial de la Demanda.

    1.2.- El Servicio de Información y Gestión Territorial de la Demanda comprende las tareas de identificación de la demanda habitacional, cuantificación y caracterización de las familias, conocimiento de su ubicación en el territorio, información acerca de las alternativas de solución habitacional, requisitos de postulación y vinculación con una Entidad Patrocinante, a fin de optar a una alternativa de solución prevista en el programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, entre otros.

    1.3.- El Servicio Acompañamiento Social en la Etapa de Apoyo a la Conformación del Nuevo Barrio, que podrá ejecutar el Serviu directamente o contratarlo con personas naturales o jurídicas, inscritas en el Registro de Consultores del Minvu, regulado por el DS N° 135 (V. y U.), de 1978, Título IV, Rubro Prestaciones de Asistencia Técnica, comprende tareas de apoyo para reforzar la organización social y la vinculación de las familias con las redes comunitarias, la formación de propietarios y copropietarios y la fiscalización de la ocupación de las viviendas, entre otros.

    1.4.- Los Servicios y Productos pormenorizados, comprendidos en las actividades que debe desarrollar Serviu en el marco del Programa de Asistencia Técnica al DS 49 (V. y U.), de 2011, para los Proyectos de Construcción, según Tipología de Aplicación de Subsidios, esto es, Construcción en Nuevos Terrenos (CNT) o Megaproyectos (MP), Construcción en Sitio Propio (CSP), Densificación Predial (DP) y Pequeños Condominios (PC), son los que se indican en los siguientes cuadros:

  2. - Servicios de Asistencia Técnica a desarrollar por una Entidad Patrocinante

    Para Proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos (CNT) o Megaproyectos (MP), Construcción en Sitio Propio (CSP), Densificación Predial (DP) y Pequeños Condominios (PC), la Asistencia Técnica comprende los siguientes servicios y actividades, según corresponda:

    Construcción en Nuevos Terrenos (CNT) y Megaproyectos (MP)

    . Plan de Acompañamiento Social Etapa Organización de la Demanda, Diseño y Ejecución del Proyecto

    . Elaboración, Tramitación y Aprobación de Proyectos Técnicos y Contratación de Obras

    . Gestión Legal

    . Gestión Técnica y Social de Proyectos.

    Construcción en Sitio Propio (CSP), Densificación Predial (DP) y Pequeños Condominios (PC)

    . Plan de Acompañamiento Social Etapa Organización de la Demanda, Diseño y Ejecución del Proyecto

    . Elaboración, Tramitación y Aprobación de Proyectos Técnicos y Contratación de Obras

    . Gestión Legal

    . Gestión Técnica y Social de Proyectos.

    2.1.- Servicio de Plan de Acompañamiento Social - Etapa Organización de la Demanda, Diseño y Ejecución del Proyecto, que comprende, para la Organización de la Demanda, la asesoría a la organización de las familias postulantes, recopilación de los antecedentes técnicos y sociales correspondientes para su presentación a Serviu, junto al proyecto habitacional, a fin de participar del respectivo proceso de postulación. El Plan de Acompañamiento Social - Etapa Diseño y Ejecución del Proyecto, incluye las tareas de aprobación del proyecto habitacional, seguimiento de éste durante su ejecución y preparación para asumir el rol como futuros propietarios y copropietarios, cuando corresponda.

    2.2.- Servicio de Elaboración de Proyectos Técnicos y Contratación de Obras, que comprende la búsqueda y selección de terreno, cuando corresponda, la elaboración, tramitación y aprobación de los proyectos de arquitectura, ingeniería, instalaciones domiciliarias, loteo y urbanización, la contratación de obras y la...

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