Resolución núm. 186 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2020. SUSPENDE PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 74 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 842701398

Resolución núm. 186 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2020. SUSPENDE PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 74 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

SUSPENDE PROCESO DE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN Nº 74 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS SOCIALES

Núm. 186 exenta.- Santiago, 18 de marzo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en la ley Nº 16.441, que Crea el Departamento de Isla de Pascua; en el artículo 6º Nº 1 letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado a través del decreto supremo Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo Nº 66, de 2013, del entonces Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 Nº 1 letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo y deroga normativa que indica; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV); en la resolución exenta Nº 74, de 2020, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de Servicios Sociales, que inicia procedimiento administrativo y convoca a proceso de Consulta Indígena que indica; en la resolución exenta Nº 180, de la Subsecretaría de Salud Pública, que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid -19; en el Instructivo Presidencial Nº 3, de 16 de marzo de 2020, que imparte instrucciones y medidas de prevención por casos de brote de Covid -19 a los ministerios y a los servicios públicos que dependan o se relacionen a través de ellos; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y en las...

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