Resolución núm. 174 EXENTA, publicada el 08 de Marzo de 2019. APRUEBA 'INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA DE SISTEMAS DE MONITOREO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE' - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 771032485

Resolución núm. 174 EXENTA, publicada el 08 de Marzo de 2019. APRUEBA 'INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA DE SISTEMAS DE MONITOREO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

APRUEBA "INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA DE SISTEMAS DE MONITOREO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE"

Núm. 174 exenta.- Santiago, 4 de febrero de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, fijada en el artículo segundo de la ley N° 20.417, de 2010, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución exenta N° RA 119123/58/2017, que renueva el nombramiento en el cargo de don Rubén Verdugo Castillo; el orden de subrogación legal establecido en los artículos 79 y siguientes de la ley N° 18.834; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental, y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos instrumentos de carácter ambiental que establece la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones que sean de su competencia.

  2. Para el cumplimiento de las atribuciones indicadas, dentro de su organización interna la Superintendencia del Medio Ambiente cuenta con el Departamento de Gestión de la Información (DGI), cuya principal función es apoyar a las diferentes unidades y procesos de este Servicio, asegurando el continuo y correcto funcionamiento de las plataformas de red y comunicaciones.

  3. Por otro lado, los distintos instrumentos de carácter ambiental generan en varias ocasiones en sus sujetos obligados, el deber de realizar una conexión en línea para la entrega de datos o información específica, en determinadas condiciones, que cada uno de dichos instrumentos impone.

  4. Considerado lo anterior, para esta Superintendencia se genera la necesidad de exigir requisitos mínimos relacionados con la conexión en línea del Servicio, que permita reportar en tiempo real los valores de variables medidas en el Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS), instrumentación industrial u otros sistemas destinados al monitoreo remoto, según lo establecido en los instrumentos de carácter ambiental respectivos.

  5. En este sentido, con fecha 14 de enero de 2019, el Jefe del Departamento de Gestión de la Información, solicitó que se dictara el respectivo acto administrativo que aprueba el Instructivo Técnico para la Conexión en Línea de Sistemas de Monitoreo de esta Institución.

  6. Que, en base a las argumentaciones y disposiciones legales citadas, se procede a resolver lo siguiente:

Resuelvo:

Primero: Apruébase el documento denominado "Instructivo Técnico para la Conexión en Línea de Sistemas de Monitoreo de la Superintendencia del Medio Ambiente", cuyo texto a continuación se transcribe:

"INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA DE SISTEMAS DE MONITOREO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE

1 Alcance

El siguiente documento tiene como propósito establecer los requisitos técnicos mínimos en temas relacionados con la conexión en línea a la SMA, de modo de reportar en tiempo real los valores de variables medidas en Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS), instrumentación industrial u otros sistemas destinados al monitoreo remoto, según lo establecido en los respectivos instrumentos de carácter ambiental que imponen dicha obligación de conexión (Normas de Emisión, Planes de Descontaminación Ambiental, Resoluciones de Calificación Ambiental, Programas de Cumplimiento, entre otros).

Por lo tanto, se trata de un protocolo general...

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