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Resolución núm. 15, publicada el 20 de Febrero de 2015. INCORPORA A LOS SERVICIOS DE SALUD AL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y CONTROL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, 'SIAPER REGISTRO ELECTRÓNICO'

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

INCORPORA A LOS SERVICIOS DE SALUD AL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y CONTROL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, "SIAPER REGISTRO ELECTRÓNICO"

Santiago, 16 de febrero de 2015.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 15.- Considerando:

Que, conforme a la Constitución Política de la República corresponde a la Contraloría General ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración del Estado.

Que, la ley Nº 10.336, Orgánica Constitucional de esta Contraloría General, faculta al Contralor General para dictar disposiciones sobre exención de toma de razón.

Que, en virtud de la citada facultad, la resolución Nº 1.600, de 2008, de este Órgano de Control, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, establece los actos que se encuentran sometidos al trámite de registro.

Que, mediante resolución Nº 908, de 2011, de esta Contraloría General, que Fija Normas sobre Registro Electrónico de Decretos y Resoluciones Exentos relativos a las materias que indica, se establece que el registro de las materias antes citadas se efectuará electrónicamente a través de la plataforma web de la Contraloría General denominada "Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado", en adelante, "SIAPER", así como también los decretos y resoluciones exentos que aprueben feriados, permisos y licencias médicas, y, por su parte, las calificaciones de los funcionarios públicos en lo que se refiere a la lista en que han sido calificados, su puntaje y el período de calificación.

Que, este sistema de registro electrónico se ha ido implementado gradualmente respecto de toda la Administración del Estado a partir del año 2011, de manera tal, que hoy la casi totalidad de los órganos de la Administración del Estado, incluido el sector municipal, se encuentran trabajando con este sistema, con excepción de los servicios de salud.

Que, la ley Nº 20.766 sobre Procedimiento de Toma de Razón y Registro Electrónicos, dispuso de manera obligatoria para todos los órganos de la Administración del Estado el trámite de registro de los actos administrativos en materias de personal, exentos de toma de razón, a través de SIAPER.

Que, cumpliendo con dicho mandato legal, corresponde incorporar a todos los Servicios de Salud del país a SIAPER Registro Electrónico.

Vistos: Las facultades que me confiere la Constitución Política de la República; la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de...

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