Resolucion núm. 15 AFECTA, el 16 de Junio de 2005. APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE QUELLON
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | GOBIERNO REGIONAL X REGIÓN DE LOS LAGOS |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE QUELLON
Núm. 15 afecta.- Puerto Montt, 18 de enero de 2005.- Vistos:
a) El decreto exento Nº 1.422 de 17/08/2004, de la I.
Municipalidad de Quellón, por el cual se aprueba el Plan Regulador Comunal de Quellón, en conformidad a lo indicado en la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas y el Plano Código QUE-PRC01, confeccionado a escala 1:5.000 por la I.
Municipalidad de Quellón;
b) La Res. Ex. Nº 1.331, de 27/12/04, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de esta Región, la que aprueba el Informe Técnico del 23/12/04, del Jefe del DDUI, de esa Seremi, por el que se recomienda acoger en forma favorable la proposición de Plan Regulador Comunal de Quellón;
c) El certificado Nº 001, de 02/01/05 del Secretario Ejecutivo del CORE, que informa que en la sesión ordinaria Nº 36, de 29/12/04, el CORE aprobó la modificación al Plan Regulador Comunal de Quellón;
d) Lo dispuesto en los arts. 43, 44, 45 y 46 del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo señalado en los arts. 2.1.7 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones aprobada por D.S. Nº 47 (V. y U.) de 1992, lo establecido en los arts. 24 letra "o" y 36 letra "c" de la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y en la Res. Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y el D.S.
1.269 del 17 de diciembre de 2004 de Interior, que me designa como Intendente Regional,
Resuelvo:
-
- Apruébase el Plan Regulador Comunal de Quellón, comuna de Quellón, Provincia de Chiloé, en conformidad a lo indicado en la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas y el Plano Código QUE-PRC01, confeccionado a escala 1:5.000 por la I. Municipalidad de Quellón.
-
- El texto del decreto de aprobación del Plan Regulador Comunal de Quellón, que se aprueba en el punto anterior, es el siguiente:
Apruébese el Plan Regulador Comunal de Quellón, en conformidad a lo indicado en su Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas y planos QUE-PRC01, confeccionados a escala 1:5.000 por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Quellón, documentos que por el presente decreto se aprueban.
Remítanse todos los antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Décima Región, para su revisión e informe técnico de acuerdo a lo previsto en la letra c), artículo 36 de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el art. Nº 2.1.11 del D.S. Nº 47, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para la prosecución de su trámite administrativo a nivel regional.
-
- La I. Municipalidad de Quellón, una vez publicada la presente resolución en el Diario Oficial, deberá publicar un extracto de la misma en algún periódico de los de mayor circulación en la comuna, e inscribir los planos indicados en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Tómese razón, anótese, comuníquese y publíquese.- Jorge Vives Dibarrart, Intendente Región de Los Lagos.
PLAN REGULADOR COMUNAL DE QUELLON
LOCALIDAD DE QUELLON
ORDENANZA LOCAL
Generalidades: La presente Ordenanza Local contiene las normas referentes a límite urbano, zonificación, usos de suelo y condiciones de subdivisión predial, de edificación, de urbanización y vialidad que regirán dentro del área urbana de la comuna de Quellón.
De acuerdo al artículo 42 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la presente Ordenanza Local, junto con los planos QUE-PRC01, a escala 1:5.000; la Memoria Explicativa y el Estudio de Factibilidad para la dotación de agua potable y alcantarillado, conforman un solo cuerpo legal, siendo la Ordenanza un cuerpo normativo que se complementa con las disposiciones gráficas de los planos y prevalece sobre éstos.
Del límite urbano del Plan Regulador:
El área de aplicación del Plan corresponde al área urbana comprendida en la línea poligonal cerrada A-B-C- D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A que delimitan y que constituyen el límite urbano, cuyos puntos y tramos se describen en el Artículo 6º de la presente Ordenanza Local.
De la normativa complementaria: Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se encuentran normadas en la presente Ordenanza Local se regirán por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones decreto Nº 47 (V y U), de 1992, y de las demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
Del control de la aplicación: De conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponde a la Dirección de Obras Municipales de Quellón la responsabilidad de la aplicación de las normas de la presente Ordenanza Local y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de Los Lagos la supervisión de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.
De las sanciones: La inobservancia de las normas de la presente Ordenanza Local será sancionada de acuerdo con lo previsto en los Artículos 20 al 25 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Descripción del Límite Urbano: El Límite Urbano del área de aplicación del Plan enunciado en el artículo 2º de la presente Ordenanza Local se define de conformidad a la siguiente descripción:
Punto DESCRIPCIÓN DEL PUNTO TRAMO DESCRIPCIÓN
DEL TRAMO
A intersección de línea de
las más altas mareas,
con línea imaginaria
trazada paralela 37 m
al poniente de línea
oficial lado poniente
de camino a quellón
viejo.
B intersección de línea
oficial norte de camino
a quellón viejo, con
línea imaginaria
trazada paralela 250 m
al norte de línea de
las más altas mareas. A - B línea recta que
une los puntos a
y b, coincidente
con límite
poniente de
predio de
propiedad
pesquera yaldad.
C intersección de linea
oficial norte de
camino a quellón
viejo, con línea
imaginaria trazada
paralela 267 m al
norte de línea de
las más altas mareas. B - C línea recta que
une los puntos b y
c, coincidente con
línea oficial
norte de camino a
quellón viejo.
D intersección de línea
oficial poniente de
camino a quellón
viejo, con proyección
de línea imaginaria
trazada paralela a
38 m al sur poniente,
a la línea oficial
nor-oriente de ruta
5 sur. C - D línea recta que
une los puntos c y
d, coincidente con
la linea oficial
poniente de camino
a quellón viejo.
E intersección de línea
imaginaria trazada
paralela 40 m al
poniente de línea
oficial poniente de
camino a quellón
viejo; con línea
imaginaria trazada
paralela 47 m al
sur-poniente de
prolongación
imaginaria de línea
oficial nor-oriente
de ruta 5 sur. D - E línea recta que
une los puntos d y
e.
F intersección de
línea imaginaria
trazada paralela 60 m
al poniente de línea
oficial oriente de
ruta 5 sur, con línea
imaginaria trazada
paralela 378 m al
nor-oriente de
prolongación
imaginaria de línea
oficial nor-oriente
de ruta 5 sur. E - F línea recta que
une los puntos e y
f. paralela a 60 m
de la linea
oficial oriente de
la ruta 5 sur.
G intersección de
prolongación línea
imaginaria trazada
paralela 373 m al
poniente de línea
oficial oriente de
ruta 5 sur, con
prolongacion línea
imaginaria trazada
paralela 378 m al
nor-oriente de
prolongación
imaginaria de línea
oficial nor-oriente
de ruta 5 sur. F - G línea sinuosa que
une los puntos f y
g.
H intersección de linea
coincidente con la
linea oficial
nor-oriente de camino
a yaldad, con linea
imaginaria trazada
paralela en 712 m a
la linea oficial
nor- poniente de
la ruta 5 sur. G - H línea quebrada que
une los puntos g
y h.
I intersección linea
imaginaria trazada
en forma paralela a
391 m al norte, a la
linea oficial norte
de la calle doctor
ahues, con linea
imaginaria trazada
paralela a 327 m. en
dirección oriente, al
eje central del cauce
del estero quellón. H - I línea recta que
une los puntos h
e i.
J intersección linea
imaginaria trazada en
forma paralela a 19
m. al poniente al eje
de cauce del río flojo,
con línea imaginaria
trazada en forma
paralela a 668 m al
norte de línea
oficial norte de
calle doctor ahues. I - J línea quebrada que
une los puntos i
y j.
K intersección linea
imaginaria trazada en
forma paralela a
82 m. hacia el
poniente del eje del
cauce del río
pitihuen, con linea
paralela trazada a
514 m al norte de los
terrenos de los
estanques de essal,
medidos desde su
límite norte. J - K línea quebrada que
une los puntos j y
k.
L intersección de línea
imaginaria trazada
paralela 14 m al
poniente de
prolongación
imaginaria de línea
oficial oriente de
calle independencia,
con línea imaginaria
trazada paralela 40 m
al oriente de línea
oficial oriente de
ruta 5 sur. K - L línea sinuosa que
une los puntos k
y l.
M intersección de línea
imaginaria trazada
paralela 132 m al
sur-oriente desde el
eje de la calle sin
nombre, con línea
imaginaria trazada
paralela 174 m al
nor-oriente de línea
oficial sur de camino
a san antonio. L - M línea recta que
une los puntos l
y m.
N intersección de línea
de las más altas
mareas con línea
imaginaria trazada
paralela 75 m al sur
de línea oficial sur
de camino a san
antonio y a 18 m.
desde el eje central
de la desembocadura
de río sin nombre. M - N línea recta que
une los puntos
m y n
N - A línea
correspondiente al
borde del litoral
que une los puntos
n y a descritos.
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