Resolución núm. 1344 EXENTA, publicada el 24 de Noviembre de 2017. APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 697481561

Resolución núm. 1344 EXENTA, publicada el 24 de Noviembre de 2017. APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO

Núm. 1.433 exenta.- Santiago, 10 de noviembre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 82 del DFL 725 que aprueba el Código Sanitario; Art. 4 y 7 del DFL1/2005 del Ministerio de Salud; Artículo 65 y 68 de la Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; DS 594/1999 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo; la resolución exenta 336/2013 del Ministerio de Salud, que aprobó Protocolo de Vigilancia de Riesgos Sicosociales en el Trabajo; Circular 3243/2016 de la Superintendencia de Seguridad Social, que Imparte Instrucciones a los organismos administradores del Seguro, sobre Metodología de evaluación e Intervención en Riesgo Psicosocial Laboral Circular 3244 / 2016 de la Superintendencia de Seguridad Social, que Imparte Instrucciones a los organismos administradores del Seguro, y entidades que participan en la administración del Régimen de Salud común para la calificación de patologías del artículo 77 bis de la Ley 16.744 sobre Metodología de Evaluación e Intervención en Riesgo Psicosocial Laboral; y lo dispuesto en la resolución 1600/2008 de Contraloría General de la República;

Considerando:

1. Implementado el Protocolo de Vigilancia de Riesgos Sicosociales en el Trabajo en órganos públicos y órganos privados, desde el año 2013 a la fecha, es posible actualizarlo, según la experiencia adquirida en la identificación, evaluación y gestión del riesgo sicosocial laboral.

2. La sistematización de los datos resultantes, obtenidos de la aplicación del protocolo en organismos públicos y privados, que realizó la Superintendencia de Seguridad Social permite concluir tendencias, respecto del tipo de organización en donde ocurre el riesgo alto, mediano o bajo, desagregar por tamaño, rama de actividad del lugar. Además, ha sido posible diferenciar entre el tipo de conflicto que tensiona y genera el riesgo, y según el género del trabajador.

3. A su vez, la aplicación de este Protocolo muestra que se requiere avanzar en el glosario de definiciones, tanto porque algunas definiciones deben ser enriquecidas a partir de la evidencia empírica, como porque se requiere la incorporación de nuevas definiciones; además se requiere desarrollar la metodología para establecer el estándar mínimo de salud del ambiente laboral.

4. La necesidad de incorporar las directrices del Protocolo de Vigilancia de Riesgos Sicosocial en el Trabajo, en la normativa que debe considerar los de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad cuando corresponda; y especialmente la necesidad de establecer modelamientos diferenciados en la aplicación, medición, y evaluación de los resultados, según el número de trabajadores contratados directa o indirectamente por la empresa.

Resuelvo:

  1. Apruébese Actualización del Protocolo de Vigilancia de Riesgo Sicosocial en el Trabajo, documento que consta de dieciocho páginas, y que se entiende formar parte integrante de la presente resolución para todos los efectos legales.

  2. El documento original -visado por el Jefe de División de Políticas Públicas-, denominado Actualización del Protocolo de Vigilancia de Riesgo Sicosocial Laboral que se aprueba por el presente acto administrativo se mantendrá en el Departamento de Salud Ocupacional de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción de la Subsecretaría de Salud Pública de este Ministerio.

  3. La presente resolución reemplaza en todas sus partes el texto aprobado por resolución exenta 336/2013, la debe entenderse derogada.

Anótese, comuníquese y publíquese, Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.

Transcribo para su conocimiento resolución Ex. N° 1433, de 10-11-2017.- Saluda atentamente a Ud., Cristian Herrera Riquelme, Subsecretario de Salud Pública (S).

ACTUALIZACIÓN DE PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO

INTEGRANTES MESA DE TRABAJO PARA LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO (AÑO 2013)

Amalia Mauro Cardarelli, Socióloga. Centro de Estudios de la Mujer

Daniela Campos Schwarze, Psicóloga. Asociación Chilena de Seguridad

Daniela Gutiérrez Álvarez. Instituto de Seguridad Laboral

María Elisa Ansoleaga Moreno, Psicóloga. Universidad Diego Portales

Gonzalo Miranda Hiriart, Psicólogo. Universidad Cardenal Raúl Silva Henríquez

Juan Manuel Pérez Franco, Psiquiatra. Superintendencia de Seguridad Social / Universidad de Chile

Juan Pablo Toro Cifuentes, Psicólogo. Universidad Diego Portales

Luis Caroca Marchant. Instituto de Salud Pública

María Constanza Miranda, Psicóloga. Asociación Chilena de Seguridad

Mariela Moya Inostroza. Instituto de Seguridad del Trabajo

Mauricio Badal Zeisler, Psicólogo. Superintendencia de Pensiones

Musa Majluf Alvarado, Psicólogo. Mutual de Seguridad

Pablo Garrido Larrea, Psicólogo. Asociación Chilena de Seguridad

Soledad Elizalde Soto, Psicóloga. Instituto de Salud Laboral

Victoria Ruiz Razeto. Instituto de Seguridad del Trabajo

Cristián Villarroel Poblete, Sociólogo. Departamento de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud.

INTEGRANTES MESA DE TRABAJO PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PROTOCOLO (AÑO 2017)

Pablo Garrido Larrea, Psicólogo. Universidad de Valparaíso.

Juan Manuel Pérez Franco, Psiquiatra. Superintendencia de Seguridad Social / Universidad de Chile

Macarena Candia Tapia, Periodista. Superintendencia de Seguridad Social

David González Guzmán, Médico. Superintendencia de Seguridad Social

Sylvia Riquelme Quintana, Médico. Departamento de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud.

Cristián Villarroel Poblete, Sociólogo. Departamento de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud.

COORDINADOR

Cristián Villarroel Poblete, Sociólogo. Departamento de Salud Ocupacional, Ministerio de Salud.

AUTORÍA:

Departamento de Salud Ocupacional

División de Políticas Públicas Saludables y Promoción

Subsecretaria de Salud Pública

Ministerio de Salud - Chile 2017

ÍNDICE

  1. ASPECTOS GENERALES

    1. Introducción

    2. Principales resultados de la medición de riesgo psicosocial en el trabajo en Chile

  2. MARCO NORMATIVO, FUNCIONES Y DEFINICIONES

    3. Marco legal y atribuciones del Ministerio de Salud en la dictación de protocolos de vigilancia de la salud de los trabajadores

    4. Definiciones

    5. Rol de los actores involucrados en el proceso de evaluación de riesgo psicosocial

  3. ASPECTOS ESPECÍFICOS

    6. Objetivos del Protocolo

    7. Población Objetivo

    8. Medición del riesgo psicosocial laboral

    9. Resultados de la medición de riesgo psicosocial laboral

    10. Flujograma del modelo de vigilancia

    11. Acciones que deben realizar los organismos administradores de la ley 16.744 en el marco de los programas de vigilancia de riesgos psicosociales

    12. Sobre la información generada en la medición

    13. Bibliografía

  4. ASPECTOS GENERALES

    1. Introducción

    Luego de tres años de haber oficializado el Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, a continuación, se entrega una actualización que se ajusta a la experiencia de identificación, evaluación y gestión del riesgo por parte de las organizaciones del país, como así también, de la fiscalización de la Autoridad Sanitaria.

    Los diversos agentes y factores de riesgo laboral se han ido instalando en la agenda y discusión pública, sin embargo, nuestro país mantiene grandes desafíos en materia de seguridad y salud en el trabajo, no sólo desde el punto de vista de las regulaciones y normativas, sino también de la contribución del conjunto de actores involucrados: trabajadores(as), organizaciones gremiales, empleadores, autoridad laboral y sanitaria, organismos administradores del seguro de la Ley 16.744 (en adelante "OAL"), administración delegada y la sociedad en general.

    La evidencia científica coincide en que el mayor desarrollo de la tecnología para los puestos de trabajo, la globalización de los mercados, la necesidad de trabajadores multifuncionales, los cambios en la matriz productiva y en las condiciones de empleo, han modificado las exigencias psicosociales al que las y los trabajadores están expuestos. Ello implica nuevos desafíos en materia de legislación, ampliando los enfoques centrados en riesgos clásicos, esto es, riesgos físicos, químicos, biológicos y ergonómicos, hacia los riesgos psicosociales, lo que obliga a generar renovados enfoques en la vigilancia epidemiológica.

    Los factores psicosociales en el ámbito ocupacional hacen referencia a situaciones y condiciones inherentes al trabajo y relacionadas al tipo de organización, al contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, y que tienen la capacidad de afectar, en forma positiva o negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica o social) del trabajador y sus condiciones de trabajo. Aunque los factores psicosociales pueden ser elementos positivos, porque favorecen el bienestar del trabajador y secundariamente un aumento de su rendimiento, existen factores psicosociales desfavorables que constituyen el riesgo psicosocial laboral, lo que significa una amenaza para los individuos (OIT, 1986).

    El estrés en el trabajo es un importante mediador de patología, y es consecuencia principalmente de la forma que adopta la organización laboral (Leka & Jain 2010; North et al. 1996). Ello nos habla de un escenario laboral marcado por los cambios en la organización del trabajo; la diversificación de tareas; y, la incorporación de nuevas tecnologías (ENETS 2009 - 2010), y la intensificación del trabajo, entre otras condicionantes que hoy pueden ser entendidas como de "riesgo", tanto para la organización como para el trabajador y la sociedad.

    La evidencia científica sugiere que la presencia de riesgo psicosocial en el trabajo y el estrés derivado se encuentra en el origen de enfermedades de toda naturaleza, desde las cardiovasculares hasta las musculoesqueléticas y aun el resfrío común (OIT, 1986; Cox, 1993; Cox, Griffiths, & Rial-González, 2000; Park et al. 2011) e incluso puede condicionar los accidentes en...

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