Resolucion núm. 114 EXENTA, el 29 de Marzo de 2004. LLAMA A POSTULACION AÑO 2004, PRIMER LLAMADO A SUBSIDIO HABITACIONAL DECRETO Nº 235 (V. Y U.), DE 1985 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917839264

Resolucion núm. 114 EXENTA, el 29 de Marzo de 2004. LLAMA A POSTULACION AÑO 2004, PRIMER LLAMADO A SUBSIDIO HABITACIONAL DECRETO Nº 235 (V. Y U.), DE 1985

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACION AÑO 2004, PRIMER LLAMADO A SUBSIDIO HABITACIONAL DECRETO Nº 235 (V. Y U.), DE 1985

Núm. 114 exenta.- Antofagasta, 19 de marzo de 2004.- Vistos: El DS Nº 235 (V. y U.) de 1985 y sus modificaciones, Reglamento de participación de las Instituciones del Sector Vivienda en el desarrollo de Programas especiales de construcción de viviendas sociales y sus modificaciones posteriores; lo establecido en el decreto Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo II Región, Subrogante.

R e s u e l v o:

Llámese en la II Región a postulación año 2004, primer llamado a Subsidio habitacional DS Nº 235 (V. y U.) de 1985, Programa PET, por un monto total de 28.620 UF, 318 subsidios de 90 UF, a todos aquellos grupos organizados presentados por una Entidad Organizadora, con proyectos integrales y que reúnan los requisitos y acreditaciones que a continuación se señalan:

  1. En relación a los postulantes:

    Presentación de ficha de postulación por cada postulante con los siguientes documentos:

    1. Inscripción en el Registro a que se refiere el DS Nº 62 (V. y U.) de 1984, RUI, antes de efectuar la postulación, es decir hasta el 31 de marzo de 2004.

    2. Presentar cédula nacional de identidad del postulante y de su cónyuge si es casado, o certificado de nacimiento computarizado otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

    3. Certificado de matrimonio o declaración jurada de soltería (formulario Serviu), según el caso.

    4. Fotocopia libreta de ahorro a plazo para la vivienda, u otra similar conforme al artículo 7 del DS Nº 44 (V. y U.) de 1988, con un ahorro mínimo de 40 UF, al 31 de marzo de 2004.

    Cada postulante deberá cumplir con:

    1. Los requisitos establecidos en relación al chequeo de doble beneficio.

    2. Acreditar un ahorro mínimo de 40 UF al 31 de marzo de 2004.

  2. En relación a la entidad organizadora:

    1. Presentación de un proyecto con:

    a). Plano de emplazamiento del loteo en el territorio urbano, sobre plano topográfico indicando cotas, mínimo cada metro.

    b). Loteo urbano con definición de espacios libres de uso público (plaza pública, sombreaderos, jardines, juegos infantiles).

    c). Antecedentes planimétricos completos del loteo y de las viviendas, con sus especificaciones técnicas y perfiles viales.

    d). Tipología de vivienda superior en calidad a la vivienda básica Serviu.

    e). Proyectos de loteo y de viviendas...

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