Resolución nº 8-undefined del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA "CONVENIO DE COLABORACIÓN" Y "CONTRATO DE COMODATO", SUSCRITOS ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OSORNO - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 932543885

Resolución nº 8-undefined del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA "CONVENIO DE COLABORACIÓN" Y "CONTRATO DE COMODATO", SUSCRITOS ENTRE EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OSORNO

Número de resolución8
Fecha de publicación13 Abril 2023
Tipo de documentoRelativos a Convenios
División Jurídica - Institut o de Previsión Social
- Santiago
www.ips.gob.cl
1
SE APRUEBA CONVENIO DE
COLABORACIÓN Y CONTRATO
DE COMODATO , SUSCRITOS
ENTRE EL INSTITUTO DE
PREVISIÓN SOCIAL Y LA ILUSTRE
MUNICIPALIDAD DE OSORNO.
RESOLUCIÓN
EXENTA I N°
SANTIAGO, 08 de marzo de 2023
V I S T O S:
1.- La Ley N° 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva institucionalidad pública
para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión Social determinando
sus funciones y atribuciones; y el D.F.L. N° 4, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que fija
la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades de este Instituto.
2.- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3.- La Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la
Administración del Estado.
4.- La Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.
5.- La Resolución Exenta RA Nº 954/269/2023, de 09 de enero de 2023, de la Dirección Nacional
del Instituto de Previsión Social, registrada con igual fecha en la Contraloría General de la República, que
encomienda a don Claudio Vega Sandoval, la función directiva en el cargo de jefe del Departamento
Administración e Inmobiliaria, a contar del 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
6.- La Resolución N° 06, de 07 de marzo 2018, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, a
través de su oficio N°7721, de 09 de abril 2018, y tomada razón por la Contraloría General de la República el
04 de mayo 2018, modificada por Resolución Exenta N° 93, de 03 de marzo 2022, aprobada por dicha
Superintendencia, a través de su oficio N° 4012, de 07 de marzo 2022, mediante la cual, el Director Nacional
del Instituto de Previsión Social delegó en las Jefaturas que indica, las facultades que en detalle establece, en
cuyo Resuelvo Nº 4, complementa la Resolución Exenta Nº 516, de 10 de noviembre de 2016, también del
Jefe Superior del Servicio, que delega facultades en materia de administración de bienes del Instituto de
Previsión Social, en el Jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria de la Institución o en quien
legalmente lo subrogue, agregando las facultades de suscribir convenios de colaboración y contratos de
comodatos en forma conjunta.
7.- El D.F.L. N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el D.L. N°49, de 1973; el D.F.L. N°17,
de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la Resolución N° 7, de 2019, que fija normas sobre
exención del trámite de Toma de Razón, y la Resolución N° 14, de 2022, que determina los montos en
Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a
Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la
República.

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