Resolución nº 7150. Sanciones Mercado de Seguros. 2020-12-30 - Doctrina Administrativa - VLEX 856141415

Resolución nº 7150. Sanciones Mercado de Seguros. 2020-12-30

JurisdicciónChile
Fecha30 Diciembre 2020
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Seg
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REF.: APLICA SANCIÓN A HDI SEGUROS S.A., DON
PATRICIO ALDUNATE BOSSAY Y DON HÉCTOR
PALMA ROSSEL
SANTIAGO, 30 DE DICIEMBRE DE 2020
RESOLUCIÓN EXENTA 7150
VISTOS
1) Lo dispuesto en los artículos 3 número 6, 5, 20 N°4,
36, 38, 52 y 67 del D ecreto Ley 3.538 de 1980, que crea la Comisión para el Mercado Financiero; en
los artículos 3 letra f), 4 y 27 del Decreto Ley 3.538 de 1980, según su texto vigente hasta el 15 de
enero de 2018; en el artículo y en el Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del Consejo
de la Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N°3.100 de 2019; en el
Decreto Supremo 1.207 del Ministerio de Hacienda de 2017; Decreto Supremo 1.430 del Ministerio
de Hacienda del año 2020; y Decreto Supremo 437 del Ministerio de Hacienda de 2018.
2) Lo dispuesto en los artículos 3, 15, 20, 21, 22, 23,
24, 24 bis del Decreto con Fuerza de Ley N°251 de 1931, Ley de Seguros; el artículo 41, 50 y 73 de la Ley
N°18.046 sobre Sociedades Anónimas; en el artículo 78 del Decreto Supremo N°702 de 2011 que Aprueba
Nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas; en las Normas de Carácter General 306 de 2011, N°323
de 2011 y N°349 de 2013; en las Circulares 622 de 1986, N° 848 de 1989, N°1.499 de 2000 y N°2.022
de 2011.
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
1. Por Oficio Reservado 309, de fecha 15 de junio
de 2018, el Sr. Intendente de Seguros remitió a la Unidad de Investigación una denuncia interna, dando
cuenta de una serie de irregularidades cometidas por las compañías HDI Seguros S.A. y HDI Seguros de
Vida S.A.
2. Mediante Resolución UI 025/2018, de fecha 29
de agosto de 2018, del Fiscal de la Unidad de Investigación, se inició una investigación a efectos de
determinar si los hechos denunciados a través del Oficio Reservado 309 podían ser constitutivos de
alguna(s) de las infracciones previstas en la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en el D.F.L. 251
sobre “Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio”, en la normativa dictada por
este Organismo y en otras disposiciones complementarias.
3. Dado que la denuncia antes singularizada
informaba de situaciones diferentes respecto de cada una de las aseguradoras, por Resolución UI
28/2018, de fecha 19 de octubre de 2018, del Fiscal, se dispuso el inicio de una investigación separada
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por las irregularidades denunciadas respecto de HDI Seguros de Vida S.A., continuándose la tramitación
de la investigación en contra de HDI Seguros S.A. (en adelante, “HDI”, “la Sociedad”, “la Aseguradora” o
“la Compañía”, indistintamente), en el expediente original.
4. Por Oficio Ordinario 34.001, de fecha 28 de
octubre de 2019, el Sr. Intendente de Seguros remitió a la Unidad de Investigación una nueva denuncia
interna, dando cuenta de irregularidades cometidas por HDI Seguros S.A., relativas a la constitución de
reservas de siniestros sin considerar las instrucciones establecidas normativamente.
5. Mediante Resolución UI 073/2019, de fecha 25
de noviembre de 2019 del Fiscal, se dispuso el inicio de una investigación con el objeto de determinar si
los hechos denunciados a través del Oficio Ordinario 34.001 podían ser constitutivos de alguna(s) de
las infracciones previstas en el D.F.L. 251, en la normativa dictada por este Organismo y en otras
disposiciones complementarias, acumulándose a la iniciada mediante Resolución UI 025/2018, en
consideración a la relación de los hechos que originaron ambas denuncias e inicios de investigación.
6. De los antecedentes recabados por la Unidad de
Investigación, se determinaron los siguientes hechos:
6.1. HDI Seguros S.A., RUT 99.231.000-6, es una
compañía de seguros del primer grupo, constituida originalmente con el nombre de “Aseguradora
Magallanes S.A.”, y fusionada posteriormente con la compañía denominada “HDI Seguros S.A.” durante
el año 2015, manteniendo esta última razón social.
6.2. El Sr. Patricio Aldunate Bossay fue gerente
general de HDI al menos en el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2015 y el 31 de julio
de 2018, según consta en la información de gerentes proporcionada por la Aseguradora a este Servicio.
6.3. Por su parte, el Sr. Héctor Palma Rossel fue
gerente de administración y finanzas de HDI al menos en el periodo comprendido entre el 09 de abril de
2015 y el 31 de marzo de 2018, según consta en la información de gerentes proporcionada por la
Aseguradora a este Servicio.
6.4. En los estados financieros anuales de la
Compañía al 31 de diciembre de 2016, HDI presentó una utilidad del ejercicio de M$12.364.560.-,
reconociendo, entre otros, ingresos por depósitos no identificados (o “NN”) en sus cuentas bancarias,
correspondientes a pagos de prima que no fueron previamente identificados como provisionados o
castigados en la prima por cobrar, por M$4.248.511.-; cheques caducados provenientes de siniestros que
debieron constituirse como reserva técnica de siniestros, por M$1.668.752.-; y un menor deterioro en la
cuenta de primas por cobrar por coaseguros, por M$3.582.598.
6.5. Los estados financieros anuales de HDI al 31 de
diciembre de 2016, fueron auditados por la empresa de auditoría externa KPMG Auditores Consultores
Limitada (en adelante “KPMG” o “la Auditora”, indistintamente).
6.6. En los estados financieros trimestrales de la
Compañía al 31 de marzo de 2017, HDI presentó una pérdida del ejercicio de M$3.556.933.-,
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reconociendo, entre otros, ingresos por depósitos no identificados en sus cuentas bancarias,
correspondientes a pagos de prima que no fueron previamente identificados como provisionados o
castigados en la prima por cobrar, por M$2.990.112.-; cheques caducados provenientes de siniestros que
debían constituirse como reserva técnica de siniestros, por M$899.296.-; y un menor deterioro en la
cuenta de primas por cobrar por coaseguros, por M$4.621.720
6.7. En junta ordinaria de accionistas de HDI de fecha
24 de abril de 2017, a propuesta del directorio de la Compañía, se aprobó el reparto del 100% de las
utilidades del ejercicio al 31 de diciembre de 2016, señaladas en el número 4. anterior, ascendentes a
M$12.357.013 (monto líquido), junto con el pago de un dividendo eventual con cargo a las utilidades
retenidas provenientes de balances aprobados por junta de accionistas, ascendente a M$6.550.492
6.8. Con fecha 27 de abril de 2017, de forma posterior
a la aprobación del reparto de dividendos señalado en el número precedente, pero anterior a la
materialización del mismo, la Sr. Nadia Zeidan, subgerente de contabilidad de HDI, a través de correo
electrónico, advirtió al Sr. Jorge Moreno, en ese entonces gerente de administración, que, con el pago de
dividendos, la Compañía caería en déficit patrimonial y sobreendeudamiento:
“Se hizo una simulación [de] indicadores para abril si
se contabilizan los Dividendos por pagar acordados por la junta de accionistas M$16.000.000 aprox., para
ello tomamos los valores a marzo y solo [sic] agregamos el pasivo por los dividendos, solo [sic] con eso la
razón de endeudamiento se nos dispara por sobre el límite que es 5.
Hay que ver cómo se maneja esto”.
Circular 1570
ENDEUDAMIENTO TOTAL
6,36
PATRIMONIO NETO M$
37.116.996
PATRIMONIO DE RIESGO M$
52.394.925
PATRIMONIO DISPONIBLE/PATRIMONIO EXIGIDO
0,71
Esta información fue compartida, además, con el
asesor financiero de la Compañía, Sr. Sergio Leiva, así como con las gerencias general y de administración
y finanzas, a cargo, en ese entonces de los Sres. Patricio Aldunate y Héctor Palma, respectivamente. Dicha
información no fue entregada oportunamente al directorio de la Sociedad sino hasta después del pago
de dividendos de fecha 17 de mayo de 2017.
6.9. En razón del reparto de dividendos señalados en
el número 6.7. anterior, así como a raíz de la migración de las pólizas emitidas en el antiguo sistema que
utilizaba Aseguradora Magallanes S.A. a un nuevo sistema -lo cual aumentó la provisión de incobrables
en la Compañía y su consecuente pérdida financiera-, HDI presentó déficit patrimonial y
sobreendeudamiento entre los meses de mayo y noviembre de 2017, así como un déficit de inversiones
representativas de reservas técnicas y patrimonio de riesgo a junio de 2017; según se muestra en el
siguiente cuadro:

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