Resolución nº 7021 de Servicio Nacional de Aduanas, 05-07-2013 - Normativa - VLEX 837102809

Resolución nº 7021 de Servicio Nacional de Aduanas, 05-07-2013

Número de resolución7021
Fecha05 Julio 2013
Resolución Exenta N° 7021 / 05.07.2013

VISTOS:

La Resolución N°1300 de 14.03.06, que sustituyó el cuerpo del Compendio de Normas Aduaneras, aprobado por Resolución N° 2400/85.

La Resolución N°3995 de 22.04.13, que estableció instrucciones para la concesión de la franquicia dispuesta en la Partida 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero Nacional.

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta las nuevas instrucciones emanadas de la citada Resolución N° 3995/13, se hace necesario efectuar adecuaciones dentro del marco normativo relativo al procedimiento de tramitación de importación de dicha franquicia.

Que, se debe declarar como mercancía de despacho especial, conforme al artículo 191, letra c), de la Ordenanza de Aduanas, la importación de vehículos que se acogen a la franquicia de la Partida 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero Nacional, toda vez que se ha dispuesto que el trámite de importación respectivo se efectúe mediante una Declaración de Importación y Pago Simultáneo (DIPS).

Que, en base a las instrucciones referidas resulta necesario efectuar modificaciones en el Capítulo III y su Apéndice XI, del Compendio de Normas Aduaneras, de tal manera de que todas las disposiciones reglamentarias relativas al procedimiento de importación de esta franquicia constituyan un sistema armónico y coherente.

Que, se hace necesario que la Subdirección de Informática efectúe las respectivas validaciones computacionales en la aplicación SICOWEB, que permita la tramitación manual de esta franquicia aduanera.

TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ordenanza de Aduanas, lo dispuesto en los números 7 y 8 del Artículo 4° del D.F.L. N° 329 de 1979 y en el D.L.N° 2554 de 1979, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

I. DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS DE DESPACHO ESPECIAL

1. DECLÁRASE como mercancía de despacho especial, la importación de vehículos al amparo de la franquicia establecida en la Partida 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero Nacional, de conformidad al artículo 191, letra c), de la Ordenanza de Aduanas.

2. El trámite de importación de la franquicia referida deberá efectuarse mediante una Declaración de Importación y Pago Simultáneo (DIPS) Carga y Franquicia, presentada en forma manual.

II. INTRODUCENSE las siguientes modificaciones al Compendio de Normas Aduaneras, Resolución N° 1300/06.

CAPÍTULO III

1. MODIFÍCASE el numeral 12.1., del Capítulo III, en el cual se elimina la referencia hecha a la Partida 0033, quedando dicho párrafo de la forma siguiente:

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