Resolución nº 5098. Sanciones Mercado de Seguros. 2022-08-17 - Doctrina Administrativa - VLEX 910174825

Resolución nº 5098. Sanciones Mercado de Seguros. 2022-08-17

JurisdicciónChile
Fecha17 Agosto 2022
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Seg
REF.: APLICA SANCIÓN DE MULTA A CAT
CORREDORES DE SEGUROS Y SERVICIOS
S.A.
VISTOS:
1) Lo dispuesto en los artículos 3 N°6, 5, 20 N°4, 37,
38, 39 y 52 del Decreto Ley N°3.538, que crea la Comisión para el Mercado Financiero DL
N°3538; en el artículo 1° y en el Título III de la Normativa Interna de Funcionamiento del
Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N° 3.871
de 2022; en el Decreto Supremo N°1.207 del Ministerio de Hacienda de 2017; en el Decreto
Supremo N° 478 del Ministerio de Hacienda de 2022; y en el Decreto Supremo N°1.430 del
Ministerio de Hacienda de 2020.
2) El artículo 57 del D.F.L. N°251, Ley de Seguros
DFL 251
3) El artículo 10 del D ecreto Supremo de Hacienda
N°1.055, Reglamento de Auxiliares de Comercio de Seguros DS 1055
4) La Se cción III de la Circular N°  Circular
2123
5) La Sección III de la Circular N°  Circular
2148
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
I.1. ANTECEDENTES GENERALES
1. Mediante Mi nuta N°2 de fecha 17 de febrero
de 2020 Denuncia, el Área Protección al Inversionista y Asegurado APIA  al Fiscal
de la Unidad de Inves tigación Fiscal  UI el Informe N°2/2020, en el cual denunció
distintos reclamos recibidos que daban cuenta de comercializaciones telefónicas de seguros con
defectos en la oferta y venta, en las que se evidenciaba una falta de asesoría y deficiencias en la
intermediación realizada por CAT C  “  “ “A Investigada CAT
 Corredora        la Sección III de la Circular
N°2148, el artículo 57 del DFL N°251 y el artículo 10 del D.S. N°1055, lo que implicaba una
comercialización defectuosa de los seguros.
RESOLUCION EXENTA: 5098
Santiago, 11 de agosto de 2022
Para validar ir a http://www.svs.cl/institucional/validar/validar.php
FOLIO: RES-5098-22-63071-R SGD: 2022080315417
2. Mediante Resolución UI N°64 de fecha 28 de
diciembre de 2021, el Fiscal inició una investigación con el objeto de determinar si los hechos
denunciados por el APIA podían ser constitutivos de alguna(s) de la(s) infracción(es) prevista(s)
en la Circular N°2148, en la normativa dictada por este Organismo y en otras disposiciones
complementarias.
3. Mediante correo electrónico de fecha 6 de
enero de 2022 Complemento Denuncia, la Dirección de Reclamaciones de Clientes
Financieros DRCF unidad continuadora de APIA, remitió a la Unidad de Investigación un
complemento a la Minuta N°2 de fecha 17 de febrero de 2020, con 58 reclamos que daban
cuenta de ventas telefónicas de seguros que infringirían las obligaciones previstas en el numeral
III de la Circular N°2148, el artículo 57 del DFL N°251 y el artículo 10 del DS N°1055, por
deficiencias en la oferta de seguros vía telefónica intermediado s por CAT, configurando una
comercialización defectuosa e incumpliendo la normativa que rige el mercado asegurador.
4. Mediante Resolución UI N°18 de fecha 25 de
febrero de 2022, el Fiscal inició una investigación con el objeto de determinar si los hechos
denunciados por DRCF podían ser constitutivos de alguna(s) de la(s) infracción(es) prevista(s) en
la Circular N° 2.148, en la normativa dictada por este Organismo y en otras disposiciones
complementarias. La Resolución UI N°18 /2022 dispuso la acumulación de los nuevos
antecedentes a la Investigación iniciada mediante Resolución UI N°64/2021.
5. Mediante Oficio Reservado UI N°282 de fecha
18 de marzo de 2022 Oficio de Cargos          
administrativo, el Fiscal formuló cargos a CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A.
6. Mediante presentación de fecha 2 de mayo de
2022 Descargos  I   .
7. Finalmente, mediante Oficio Reservado UI
634 de fecha 8 de junio de 2022 Informe Final  F    Consejo Consejo
de la Comisión para el Mercado Financiero (Comisión  CMF   final de la
investigación y el expediente administrativo de este Procedimiento Sancionatorio.
I.2. HECHOS.
1. De acuerdo con los antecedentes recabados por
la Unidad de Investigación, se determinaron los siguientes hechos:
2. CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A.,
RUT 77.218 570 -7, es una corredora de seguros con registro vigente, supervisada por esta
Comisión.
3. Durante los años 2018, 2019, 2020 y 2021, la
Investigada comercializó telefónicamente las siguientes pólizas de seguro s, según consta de las
grabaciones contenidas en el Anexo N°1 del Oficio de Cargos:
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FOLIO: RES-5098-22-63071-R SGD: 2022080315417
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Nombre
Cliente
Rut Cliente
Fecha venta
telefónica
Compañía
aseguradora
Póliza
colectiva
1
Rubén
Antonio
Olivier
Quezada
14.443.356-4
06.12.2018
Compañía de
Seguros
Confuturo
S.A
N°400029
"Muerte
Accidental
1000 UF Con
Premio Por
Permanencia"
2
Rubén
Antonio
Olivier
Quezada
14.443.356-4
12.04.2019
Metlife Chile
Seguros de
Vida S.A
N°2190652
"Seguro
Accidente
Protegido"
3
Evelyn
Simoney
Sandy Orias
Muñoz
13.937.279-4
26.02.2019
Compañía de
Seguros
Confuturo
S.A
N°400029
“
muerte
accidental
1000 UF con
premio por

4
Lucila Natalie
González
17.793.787-8
23.03.2018
Seguros
Generales
Suramericana
S.A
N°4941124
"Desempleo e
incapacidad
temporal
canasta
familiar con
premio

5
Daniel
Gerardo
Inzunza
Herrera
6.858.692-5
11.04.2018
MetLife Chile
Seguros de
Vida S.A
"Seguro
accidente
protegido
plus"
6
Feliciana
Asencios
Calderón
22.616.052-3
04.03.2019
Compañía de
Seguros
Confuturo
S.A
N°400029
“
muerte
accidental
2000 UF con
Para validar ir a http://www.svs.cl/institucional/validar/validar.php
FOLIO: RES-5098-22-63071-R SGD: 2022080315417
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