Resolución nº 421. Sanciones Mercado de Seguros. 2023-01-16 - Doctrina Administrativa - VLEX 924168557

Resolución nº 421. Sanciones Mercado de Seguros. 2023-01-16

JurisdicciónChile
Fecha16 Enero 2023
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Seg
REF.: APLICA SANCIÓN DE MULTA A
MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS
GENERALES DE CHILE S.A.
VISTOS
1) Lo dispuesto en los artículos 3 N°6, 5, 20
4, 36, 38, 39 y 52 del Decreto Ley 3.538 DL N que crea la Comisión para el
Mercado Financiero; en el artículo 1° y en el Título III de la Normativa Interna de Funcionamiento
del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta
N°3.871 de 2022; en el Decreto Supremo N°478 del Ministerio de Hacienda del año 2022, en el
Decreto Supremo N° 1.207 del Ministerio de Hacienda del año 2017 y en el Decreto Supremo
1.430 del Ministerio de Hacienda de 2020.
2) Lo dispuesto en la Sección I de la Circular
1.716 de 2004 sobre E de Información del Seguro Obligatorio de Accidentes Causados
por Vehículos Motorizados al Servicio de Registro Civil e I
3) Lo dispuesto en los artículos 3, 44, 48, 57
y 58 del D.F.L. 251 de 1931.
4) Lo dispuesto en la Norma de Carácter
General 349 de 2013, relativa al depósito de pólizas y disposiciones mínimas de las pólizas de
seguros.
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
I.1. ANTECEDENTES GENERALES
1. Por medio de denuncia interna de fecha 6
de julio de 2022, la División Control de Entidades No Aseguradoras (DCENA) dio cuenta de un
proceso de fiscalización en contra de Mapfre Compañía de Seguros de Generales de Chile S.A.,
en adelante indistintamente M Seguros G  C o  A
por detectarse incumplimientos en relación a la Circular 1.716 de 2004.
2. Mediant e Oficio Ordinario 18.220, de
30 de abril de 2020, la Intendencia de Seguros dio cuenta al Fiscal de la Unidad de Investigación
UI de posibles incum plimientos a la normativa vigente por parte de Mapfre Segu ros
Generales, ello por cuanto consignó como corredor de seguros a un agente de ventas de es a
RESOLUCION EXENTA: 421
Santiago, 12 de enero de 2023
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FOLIO: RES-421-23-20970-E SGD: 2023010015675
Compañía e incorporó condicionados prohibidos por la Comisión para el Mercado Financiero (en
adelante C o CMF en la cotización de seguros. Así, se constató que Mapfre consignó
como corredor de seguros en las cotizaciones presentadas al Sr. Rubén Antonio Morales Ovalle,
agente de ventas de Mapfre, las que además incorporaron condicionados prohibidos por esta
CMF.
3. Mediante Resolución UI 61/2022, de
fecha 19 de julio de 2022, la Unidad de Investigación inició una investigación para esclarecer los
hechos informados por la Intendencia de Seguros.
I.2. HECHOS
Los antecedentes recabados por el Fiscal de
la UI durante la investigación dieron cuenta de los siguientes hechos:
1. Mapfre Compañía de Seguros Generales
de Chile S.A., RUT 96.508.210-7, es una compañía de seguros del primer grupo.
Certificados de seguros SOAP que no fueron
registrados oportunamente
2. Con fecha 24 de agosto de 2018, se
publicó en el diario El Mercurio el reclamo de un ciudadano titulado "Supo que el seguro
obligatorio de su auto no estaba registrado", y cuyo seguro se encontraba contratado en la
compañía Mapfre Compañía de Seguros Generales de Chile S.A.
El citado artículo señalaba que el asegurado
solicitó un duplicado del seguro SOAP, que había contratado en la compañía Mapfre y constató
que éste no estaba ingresado en los sistemas de la compañía, a pesar de haberlo pagado al
momento de su contratación. Además, constató que el seguro SOAP tampoco estaba ingresado
al Registro Civil. En respuesta al reclamo la compañía argumentó que, por un error involunta rio
de su sistema interno, di cha póliza no fue ingresada al sistema computacional de la compañía,
como tampoco comunicada a la Asociación de Aseguradores de Chile AG (AACH) y,
consecuentemente no figura en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil.
3. Con fecha 30 de agosto de 2018, esta
Comisión consultó a Mapfre Generales, a través de Oficio Ordinario 23.123, sobre la situación
antes señalada, y pidió que indicara si hubo otros certificados de seguros de SOAP que se
encontraran en la situación de no haberse registrado en el sistema de la Compañía, el detalle de
éstos y la reserva de riesgo en curso constituida al día 30 de junio de 2018.
4. En respuesta, la Compañía señaló que
existía la cantidad 10.245 certificados de seguros SOAP que no fueron registrados en el mes de
su venta, que correspondía al mes de marzo 2018, intermediadas por el corredor Benítez y
Carvajal y Cía. Ltda. El detalle de estas pólizas se encuentra contenido en el Anexo 1 del Oficio
de Cargos.
5. Asimismo, en respuesta al Oficio Ordinario
N°23.123, la Compañía informó que realizó ventas de seguros SOAP en el mes de marzo 2018
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intermediadas por el corredor Benítez y Carvajal y Cía. Ltda., y que fueron ingresadas a
producción en el mes de septiembre 2018, y señaló que el intermediario mantenía pendiente
de rendir otros 10.413 certificados de SOAP.
6. Mediante Oficio Ordinario 26.838, de 9
de octubre 2018, se requirió a la Compañía el detalle de los certificados no ingresados
oportunamente a registro de producción de la compañía, obteniéndose el siguiente detalle:
a) Archivo de 10.245 certificados:
Fecha de vigencia: El inicio de vigencias abarcan un período desde enero a octubre 2018.
Certificados vendidos 9.165, nulos 1.080, Prima Directa Total $ 105.671.490.
b) Archivo de 10.413 certificados:
Fecha de vigencia: El inicio de vigencias abarcan un período desde febrero a julio 2018
Certificados vendidos 6.660, nulos 3.753, Prima Directa Total $ 52.679.500.
7. Al respecto, la Compañía informó que en
ambos archivos existían pólizas que no fueron ingresadas al registro de producción a la fecha de
venta, y, por lo tanto, no se habría constituido reserva de riesgo en curso, en los estados
financieros de junio y septiembre 2018.
8. Media nte Oficio Ordinario 34.030, de
18 de diciembre 2018, se r equirió a la Compañía que explicara la no constitución de la reserva
de riesgo en curso para los estados financieros de junio y septiembre 2018.
9. En respuesta, Mapfre Generales informó
lo siguiente:
Punto Of. 26.838 / Pólizas no registradas al 30.06.2018 / Reserva Riesgo en Curso no registrada
al 30.06.2018 ($) / Pólizas no registradas al 30.09.2018 / Reserva Riesgo en Cur so no registrada
al 30.09.2018 ($)
Punto 1 (10.245 pólizas) / 8.378 / 65.594.322 / 5.016 / 34.939.389
Punto 2 (10.413 pólizas) / 6.659 / 35.599.906 / 4.879 / 17.289.551
Total / 15.037 / 101.194.227 / 9.895 / 52.228.941.
10. La Aseguradora explicó, respecto de los
10.245 certificados SOAP que: "a) Para el punto N°1: 10.245 Certificados SOAP ingresados en el
mes de septiembre del presente añ o, podemos informar que efectivamente en los EEFF del mes
de junio no se efectuó reserva de riesgo en curso para estos Certificados. En cambio, para los
EEFF del mes de septiembre se calculó la reserva de riesgo en curso al cierre de mes por la suma
de $37.426.163.-, equivalente a 7.106 Certificados. Los restantes 3.139 Certificados fueron
emitidos al cierre del mes de septiembre, pero se ingresaron en los EEFF de octubre, según consta
de los siguientes cuadros:"
11. En tanto , respecto de los 10.413
certificados SOAP, la Aseguradora ´señaló: "b) Para el punto N°2: 10.413 Certificados SOAP
pendientes de rendición, podemos informar que efectivamente en los EEFF del mes de junio no
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