Resolución nº 324-2021 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA PARA EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO DENOMINADO "PROCEDIMIENTO CONTROL DE PAGOS FALLECIDOS", VERSIÓN 2 - Instituto de Previsión Social - Normativa - VLEX 915660248

Resolución nº 324-2021 del Instituto de Previsión Social. SE APRUEBA PARA EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO DENOMINADO "PROCEDIMIENTO CONTROL DE PAGOS FALLECIDOS", VERSIÓN 2

Número de resolución324
Año2021
Fecha de publicación10 Septiembre 2021
Tipo de documentoRelativos a Procedimientos
División Jurídica– Instituto de Prev isión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
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SE APRUEBA PARA EL INSTITUTO DE
PREVISIÓN SOCIAL, EL DOCUMENTO
DENOMINADO “PROCEDIMIENTO
CONTROL DE PAGOS FALLECIDOS”,
VERSIÓN 2.
RESOLUCIÓN
EXENTA Nº
SANTIAGO, 11 DE AGOSTO DE 2021.
V I S T O S:
1.- La Ley N° 20.255, de Reforma Previsional, que establece la nueva institucionalidad
pública para el Sistema de Previsión Social y crea entre sus órganos, el Instituto de Previsión Social
determinando sus funciones y atribuciones; y el D.F.L. N° 4, de 2009, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social que fija la Planta de Personal y fecha de iniciación de actividades de este Instituto.
2.- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el D.F.L. N°
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3.- La Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado.
4.- El D.F.L. N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el D.L. N° 49, de 1973; el D.F.L.
N° 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la Resolución N° 7, de 26 de marzo
de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón de la Contraloría General de
la República; y las facultades que me confiere el artículo 57 de la Ley Nº 20.255.
5.- La Resolución Exenta N° 125, de 08 de abril de 2020, que establece una modalidad
excepcional de emisión y tramitación de los actos administrativos de la Dirección Nacional, de la
Subdirección de Sistemas de Información y de Administración y del Departamento de
Administración e Inmobiliaria del Instituto de Previsión Social, en concordancia con lo dispuesto en
la Resolución Exenta N° 186, de 07 de mayo de 2021.
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División Jurídica– Instituto de Prev isión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
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C O N S I D E R A N D O:
1.- Que, mediante Resolución Exenta N°393, de 02 de octubre de 2018, esta Dirección
Nacional aprobó el documento denominado “Procedimiento Control de Fallecidos para Archivos
de Emisión de Pago de Pensiones y Beneficios”, cuyo objetivo es establecer el procedimiento
administrativo de control que permita detectar, en forma previa, eventuales beneficiarios fallecidos,
con la finalidad de comprobar que se efectúen correctamente los pagos por parte de este Servicio,
documento que en cuarenta y nueve (49) páginas, formó parte integrante del citado acto
administrativo.
2.- Que, resulta necesario actualizar el documento citado en el Considerando precedente, en
concordancia con la normativa vigente, sobre la materia, a fin de incorporar mejoras en su
ejecución, en este contexto, el Subdepartamento de Control Preventivo del Departamento
Contraloría Interna, ha elaborado el documento “Procedimiento Control de Pagos Fallecidos”,
Versión 2, cuyo texto fue autorizado por la jefatura del citado Departamento, y que su objetivo es
detectar de forma oportuna el eventual pago de beneficios a personas fallecidas, en los procesos de
emisiones y transferencias de recursos a entidades pagadoras, con la finalidad de comprobar que se
efectúen correctamente los pagos que realiza este Instituto.
3.- Que, la División Jurídica, aprobó el documento materia del presente instrumento, por
medio de Oficio Ordinario Nº 51367/1101-21, de fecha 13 de julio de 2021, estableciendo la
pertinencia de emitir la correspondiente Resolución aprobatoria, que resulte de aplicación general y
obligatoria para la Institución.
R E S U E L V O:
1.- Apruébase para el Instituto de Previsión Social, el documento denominado
“Procedimiento Control de Pagos Fallecidos”, versión 2, que consta de quince (15) páginas, que se
adjunta como parte integrante de la presente Resolución Exenta, aprobado por la División Jurídica,
cuyo objetivo se indica en el Considerando N°2, del presente acto administrativo.
2.- Déjase sin efecto, a contar de la total tramitación de la presente Resolución Exenta N°393,
de 02 de octubre de 2018, de esta Dirección Nacional, por tratar sobre la misma materia.
3.- Publíquese el documento, que se aprueba por el presente acto administrativo, en el
ambiente “Procedimientos Institucionales”, de la Intranet del IPS.

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