Resolución nº 3033. Sanciones Mercado de Valores. 2019-05-30
Jurisdicción | Chile |
Fecha | 30 Mayo 2019 |
Tipo de Asunto | Sanciones del Mercado de Valores |
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REF.: RESUELVE REPOSICIÓN DE
FELLER RATE CLASIFICADORA DE
RIESGO LIMITADA EN CONTRA DE LA
RESOLUCIÓN EXENTA N° 2.459 DE 30 DE
ABRIL DE 2019.
SANTIAGO, 30 DE MAYO DE 2019
RESOLUCIÓN EXENTA N° 3033
VISTOS:
1. Lo dispuesto en los artículos 6° Y 7° de la
1980, conforme su texto vigente hasta el 15 de enero de 2018; en los artículos 3 N°10, 5, 20
N°4, 37, 52, 67 y 69 del D.L. N° 3.538, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero
(en adelante, el "DL N°3.538"); en la Norma de Carácter General N°426 de 2018; en el
artículo 1 y en el Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del Consejo de la
Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N° 473 de 25 de
enero de 2019; en el Decreto Supremo N°437 del Ministerio de Hacienda del año 2018 y en
el Decreto Supremo N° 1.207 del Ministerio de Hacienda del año 2017;
2. Lo dispuesto en los artículos 76 y 84 de la Ley
N° 18.045 de Mercado de Valores y en la Circular N°1.535 de 2001.
CONSIDERANDO:
1. Que, esta Comisión para el Mercado Financiero
(en adelante, “CMF”, “Servicio” o “Comisión”), mediante Resolución Exenta N° 2.459 de
fecha 30 de abril de 2019 -en adelante la “Resolución N° 2.459”-, impuso una sanción de
multa de UF 500 a Feller Rate Clasificadora de Riesgo Limitada (en adelante “Feller”,
“Clasificadora” o “la Recurrente”), por infracción a lo dispuesto en la Circular N° 1.535 de
2001, por no cumplir con la obligación de revisar continuamente la clasificación de los
valores emitidos por La Araucana en el mes de abril de 2015, dado que no efectuó un análisis
acabado de la información contenida en el informe con salvedades de
PriceWaterhouseCoopers Auditores Consultores SpA (en adelante “PwC” o “Auditora”),
limitándose a requerir cierta información al propio emisor con posterioridad a haber sido
instada por parte de este Servicio a manifestar de qué forma consideraría dicho antecedente
en su labor de clasificación.
2.- Que, en lo atingente, la Resolución N° 2.459
puso término al procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Oficio
Reservado N° 218, de fecha 4 de marzo de 2019 (en adelante, el “Oficio de Cargos”), a través
del cual se formuló cargos a Feller.
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