Resolución nº 3031. Sanciones Mercado de Valores. 2019-05-30 - Doctrina Administrativa - VLEX 811193989

Resolución nº 3031. Sanciones Mercado de Valores. 2019-05-30

JurisdicciónChile
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Valores
Fecha30 Mayo 2019
1
REF.: RESUELVE REPOSICIÓN DE FITCH
CHILE CLASIFICADORA DE RIESGO
LIMITADA EN CONTRA DE LA
RESOLUCIÓN EXENTA 2.458 DE 30 DE
ABRIL DE 2019.
SANTIAGO, 30 DE MAYO DE 2019
RESOLUCIÓN EXENTA 3031
VISTOS:
1. Lo dispuesto en los artículos 6° Y 7° de la
Constitución Política de la República; en los artículos 3, 4 y 28 del Decreto Ley 3.538 de
1980, conforme su texto vigente hasta el 15 de enero de 2018; en los artículos 3 N°10, 5, 20
4, 37, 52, 67 y 69 del D.L. 3.538, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero
(en adelante, el "DL N°3.538"); en la Norma de Carácter General N°426 de 2018; en el
artículo 1 y en el Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del Consejo de la
Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta 473 de 25 de
enero de 2019; en el Decreto Supremo N°437 del Ministerio de Hacienda del año 2018 y en
el Decreto Supremo 1.207 del Ministerio de Hacienda del año 2017;
2. Lo dispuesto en los artículos 76 y 84 de la Ley
18.045 de Mercado de Valores y en la Circular N°1.535 de 2001.
CONSIDERANDO:
1. Que, esta Comisión para el Mercado Financiero
(en adelante, “CMF”, “Servicio” o “Comisión”), mediante Resolución Exenta 2.458 de
fecha 30 de abril de 2019 -en adelante la “Resolución 2.458-, impuso una sanción de
multa de UF 500 a Fitch Chile Clasificadora de Riesgo Limitada (en adelante Fitch,
Clasificadora o “la Recurrente”), por infracción a lo dispuesto en la Circular 1.535 de
2001, por no cumplir con la obligación de revisar continuamente la clasificación de los
valores emitidos por La Araucana en el mes de abril de 2015, dado que no efectuó un análisis
acabado de la información contenida en el informe con salvedades de
PriceWaterhouseCoopers Auditores Consultores SpA (en adelante PwC” o “Auditora”),
limitándose a requerir cierta información al propio emisor con posterioridad a haber sido
instada por parte de este Servicio a manifestar de qué forma consideraría dicho antecedente
en su labor de clasificación.
2.- Que, en lo atingente, la Resolución 2.458
puso término al procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Oficio
Reservado 217, de fecha 4 de marzo de 2019 (en adelante, el “Oficio de Cargos”), a través
del cual se formuló cargos a Fitch.

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