Resolución nº 1675. Sanciones Mercado de Valores. 2022-03-14 - Doctrina Administrativa - VLEX 900856970

Resolución nº 1675. Sanciones Mercado de Valores. 2022-03-14

JurisdicciónChile
Fecha14 Marzo 2022
Tipo de AsuntoSanciones del Mercado de Valores
REF.: APLICA SANCIÓN DE MULTA A ARTL
CHILE AUDITORES SPA
VISTOS:
1) Lo dispuesto en los artículos 3 10, 5, 20 N°4,
37, 38, y 52 del Decreto Ley N°3.538 de 1980, que crea la Comisión para el Mercado Financiero;
en el artículo 1° y en el Título II de la Normativa Interna de Funcionamiento del Consejo de la
Comisión para el Mercado Financiero, que consta en la Resolución Exenta N°1.857 de 2021; en
el Decreto Supremo N°1.207 del Ministerio de Hacienda de 2017; en el Decreto Supremo N°437
del Ministerio de Hacienda de 2018; y en el Decreto Supremo N°1.430 del Ministerio de
Hacienda de 2020.
2) Lo dispuesto en los artículos 239 y 240 de la Ley
N°18.045 de Mercado de Valores.
3) Lo dispuesto e n la Norma de Carácter General
N°275 de 2010, que Establece normas de inscripción y funcionamiento del Registro de Empresas
de Auditoría Externa.
CONSIDERANDO:
I. DE LOS HECHOS
I.1. ANTECEDENTES GENERALES
1. Con fecha 6 de marzo de 2019, la Unidad de
Investigación UI recibió denuncia del Sr. Cristián González López en contra de RSM Chile
Auditores Limitada, indicando que la citada auditora no habí a informado a esta Comisión para
 M F CMF, “  C hechos de carácter esencial, referidos
a preparaciones de la vía ejecutiva, para efectos del cobro de determinadas facturas
pertenecientes a Macro Consultores S.A.
RESOLUCION EXENTA: 1675
Santiago, 10 de marzo de 2022
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FOLIO: RES-1675-22-83158-W SGD: 2022030096849
2. Por Oficio Reservado N° 452 de fecha 10 de
septiembre de 2019 y por Oficio Ordinario N° 19184 de fecha 6 de mayo del 2020, el Intendente
de Supervisión del Mercado de Valores I“MV  de la Comisión para el Mercado Financiero
remitió a la Unidad de Investigación una denuncia interna, dando cuenta de irregularidades
cometidas por ARTL Chile Auditores SpA, antes RSM Chile Auditores Limitada (en adelante,
ARTL R“M  A  EAE   I     
conductas que podrían constituir infracciones a la Ley N° 18.0 45 y a la Norma de Carácter
General N° 275, en adelante NCG N° 275.
3. Mediante Resolución UI N° 30/2020, de fecha 27
de mayo de 2020, el Fiscal de la Unidad de Investigación inició una investigación a efectos de
determinar si los hechos denunciados, podían ser constitutivos de alguna de las infracciones
   L N   L  M  V   N  C G N
275 de fecha 19 de enero de 2010, dictada por este Organismo y en otr as disposici ones
complementarias.
4. Mediante Oficio Reservado UI N° 1.035, de fecha
30 de septiembre   O  C que rola a fojas 0859 y siguientes del expediente
administrativo, el Fiscal formuló cargos a ARTL.
5. Mediante presentación de fecha 02 de
noviembre de 2021, la defensa de RSM formuló sus descargos y acompañó sus medios de
prueba, solicitando desestimar las imputaciones efectuadas en su contra.
6. Finalmente, mediante Oficio Reservado UI N°
1.340, de fecha 16 de diciembre   I F, el Fiscal remitió a este Consejo de la
Comisión para el Mercado Financiero C, el expediente administrativo correspondiente
al Procedimiento Sancionatorio incoado en contra de la Investigada, informando el estado de
éste y su opinión fundada acerca de la configuración de las infracciones imputada s en el Oficio
de Cargos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 inciso 2° del D.L. N°3.538.
I.2. HECHOS.
Los antecedentes recabados por el Fiscal durante la
investigación dan cuenta de los siguientes hechos:
1. RSM Chile Auditores Limitada, hoy ARTL CHILE
AUDITORES SPA, RUT N° 76.073.255-9, fue inscrita el año 2010 en el Registro de Empresas de
Auditoría Externa de la Superintendencia de Valores y Seguros, actual CMF, bajo el número N°
2. Co n fecha 02 de abril de 2019, la entidad cambió su razón social de RSM Chile Auditores
Limitada a ARTL Chile Auditores SpA.
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2. Los socios de la entidad, a la fecha de este
procedimiento, eran los siguientes:
NOMBRE SOCIO
 DE PROPIEDAD EN ARTL
1.- José Pablo Navarrete Leiva
1,5250
2.- Luis Ángel Landa Tobar
53,9768
3.- Luis Fernando Landa Escalona
7,2445
4.- Angélica Rossana León López.
37,2537
3. Este Servicio revi desde el año 2015, los
antecedentes enviados por la auditora RSM, que fueron adjuntados a propósito de distintos
hechos esenciales comunicados, en razón a modificaciones societarias por las que atravesó la
EAE e informados a esta CMF, de acuerdo a la obli gación de actualización permanente de la
información.
La fiscalización señalada, se centró en un comienzo,
en la revisión de las modificaciones societarias que informó la EAE a este Servicio,
específicamente en las escrituras públicas que acompañaron para efectos de acreditar las
modificaciones de las que fue objeto RSM.
Bajo ese contexto, se lo gró detectar que la
modificación societaria contenida en la escritura pública de fecha 06 de noviembre de 2015
acompañada a este Servicio, presentaba graves inconsistencias entre lo contenido en ésta y su
extracto inscrito en el Registro de Comercio y lo publicado en el Diario Oficial. Específicamente
dichas inconsistencias se referían al porcentaje a ceder entre los socios y el monto a pagar por
dicha cesión. A saber:
Cedente
Cesionario
Cesión de
Derechos de fecha
06/Nov./2015
Extracto de la
Cesión de Derecho
de igual fecha
Luis Landa Tobar
Luis Landa
Escalona
a.- 2,5 %; ($
44.607.570)
a.- 2,5 % ; ($
44.607.570)
Luis Landa Tobar
Cristián González
López
b.- 2,25 %; ($
40.146.813)
b.- 2,172 % ;
($38.755.057)
Luis Landa Tobar
Pascual Navarrete
Leiva
c.- 0,45 %;
($11.470.518)
c.- 0,434 %;
($11.062.677)
Angélica León
López
Cristián González
López
d.- 1,375 %;
($24.534.173)
d.- 1,414 %;
($25.230.042)
Angélica León
López
Pascual Navarrete
Leiva
e.- 0,275 %;
($7.009.761)
e.- 0,283 %;
($7.213.681)
Hans Alberto
Caro Larsen
Cristián González
López
f.- 1,375 %;
($24.534.163)
f.- 1,414 %;
($25.230.042)
Hans Alberto
Caro Larsen
Pascual Navarrete
Leiva
g.- 0,275 %;
($7.009.760)
g.- 0,283 %;
($7.213.681)
Ante dicha situación, este Servicio envió reiteradas
comunicaciones a la EAE, con la finalidad de informar el hecho detectado y, a su vez, requerirla
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