Resolución Nº 023 de Superintendencia de Pensiones, 02-09-2008 - Normativa - VLEX 864937416

Resolución Nº 023 de Superintendencia de Pensiones, 02-09-2008

Número de resolución023
Fecha02 Septiembre 2008
Delito Haber infringido lo dispuesto en el artículo 68 del DL N° 3.500, de 1980 y las instrucciones contenidas en el Capítulo I, numeral 1.3 y Capítulo III, numerales 1, 1.1 y 2 literales b, d e i, todos de la Circular N° 1.302 de esta Superintendencia, lo que permitió que afiliados se pensionaran anticipadamente sin cumplir con el requisito legal para ello; Haber infringido lo dispuesto en el artículo 56 letras a y b del DL N° 3.500, de 1980, y las instrucciones contenidas en el Capítulo IV numeral 10.3 letra b) y numeral 1.3 del número 1 del Anexo VIII, ambos de la Circular N° 1.302 de esta Superintendencia, lo que afectó el cálculo de la pensión de referencia de los afiliados individualizados en el Capítulo II del Oficio N° 7.150, y en consecuencia, el monto del aporte adicional que debía efectuar la Compañía de Seguros encargada de efectuarlo, en su caso
RESOLUCION No
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VISTOS:
a)
Las
facultades que la Ley confiere
a
esta Superintendencia, especialmente las
contenidas en los Nos 2, 3
y
8 del artículo 94 del
D.L.
No 3.500, de 1980; en el inciso cuarto
46
y Nos 1 y 10 del artículo 47 de la ley No 20.255; en el inciso cuarto del artículo
52 del Decreto Supremo No 57, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que
contiene su Reglamento y en los artículos 3", letras b),
i)
y
j) y 7" letra
k)
y
17 y siguientes del
D.F.L. No 101, de 1980, del Ministerio del Trabajo
y
Previsión Social; b) Lo dispuesto en los
68
c)
Las instkcciones contenidas en la Circular No
1.302 de esta Superintendencia y sus modificaciones posteriores;
d)
Las cartas de AFP
Habitat S.A.
GG
861; GO No 21 55; GO No 21
57;
GO No 23 13; GO No 2329; GO No 2564;
GO No 2567; GO No 2785; GO No 2857, de fechas 27 de agosto, 3,4, 18 y 19 de octubre, 14
de noviembre, 7 y 14 de diciembre de 2007, respectivamente;
e)
Los oficios de la
Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones Nos PYSlAEG114.345,
PYSlAEGl15.511, PYSlAEGl15.610, PYSlAEG116.421, PYSlAEGl18.292, de fechas 14 de
septiembre, 11
y
29 de octubre
y
28 de noviembre de 2007, respectivamente; f) Los oficios de
la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones Nos PYS/AEG/10.302,
PYSlAEGl12.407, PYSlAEGl12.972
y
PYSlAEGl17.621 de fechas
28
de junio, 10 y 22 de
agosto y 15 de noviembre de 2007, respectivamente; g) Cartas de AFP Habitat S.A. GO No
1488, GO No 1768, GO No 1822, GO No 2017, GO No 2282, GO No 2550 y GO No 2640, de
fechas
9
de julio, 17 y 24 de agosto, 14 de septiembre, 7 de octubre, 13 y 21 de noviembre de
2007, respectivamente;
h)
El oficio de esta Superintendencia No 7.150 de fecha 14 de mayo
de 2008;
i)
La carta de AFP Habitat S.A. GG No 1596108, de fecha 22
de
mayo de 2008;
j)
Las Notas Interna Nos PYSlAEGl309 y PYSlAEGl339 de fechas 14 de septiembre y 12 de
octubre de 2007 respectivamente, dirigidas al Señor Fiscal de este Organismo;
k)
Lo obrado
en el expediente de investigación rol No 6-2008, y

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