Resolución Nº 013 de Superintendencia de Pensiones, 28-07-2008 - Normativa - VLEX 864937579

Resolución Nº 013 de Superintendencia de Pensiones, 28-07-2008

Número de resolución013
Fecha28 Julio 2008
Delito Haber transgredido las instrucciones contenidas en las circulares N°s 1.285 y 1.449, reiterando los errores en la transmisión de la información a esta Superintendencia que dichas circulares exigen, y reincidiendo en conductas por las cuales ya había sido sancionada con anterioridad
Superintendencia
de
Pensiones
VISTOS:
a)
Las facultades que la Ley confiere a esta Superintendencia, especialmente las
contenidas en los Nos 2, 3 y 8 del artículo 94 del
D.L.
No 3.500, de 1980; en el inciso cuarto del
artículo 46 y Nos 1 y 10 del artículo 47 de la ley No 20.255; en el inciso cuarto del artículo 52 del
Decreto Supremo No 57, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que contiene su
Reglamento y en los artículos 3", letras b) e i) y 7" letra
k)
y 17 y siguientes del
D.F.L.
No 101,
de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
b)
Las instrucciones contenidas en las
Circulares Nos 1.285 y 1449
y
sus modificaciones posteriores, ambas de esta Superintendencia;
c)
Oficios de esta Superintendencia Nos 3.958 y 13.929, de fechas 14 de marzo y 5 de septiembre
de 2007, y 6.354, de fecha 28 de abril de 2008, respectivamente;
d)
Acta de la fiscalización
realizada en la ex AFP Bansander S.A., de fecha 5 de julio de 2007;
e)
Cartas de la ex AFP
Bansander S.A. GG 25312007
y
GG 82912007 de fechas 19 de marzo y 12 de septiembre de
2007, y de AFP Capital S.A. GGS-3152, de fecha
6
de mayo de 2008, respectivamente;
f)
La
Nota Interna No FINIIE-0280 de la División Financiera de esta Superintendencia, de fecha 2 de
octubre de 2007, dirigida al señor Fiscal de este Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que producto de las revisiones realizadas por la ex Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones, hoy su sucesora legal la Superintendencia de Pensiones, al
informe semestral sobre Categorías de Fondos Extranjeros que debió remitirse el 15 de
enero de 2007, referido a las carteras de inversiones en el extranjero de los Fondos de
Pensiones vigentes al 31 de diciembre de 2006, se constató que la
ex
AFP Bansander
S.A., cuya sucesora legal es AFP Capital S.A., incurrió en una serie de errores que se le
representaron mediante Oficio No 3.958, de fecha 14 de marzo de 2007, consignado en la
letra c) de los Vistos de la presente resolución;
Que mediante carta GG 25312007, de fecha 19 de marzo de 2007, indicada en la letra e)
de los Vistos de la presente resolución, la ex AFP Bansander S.A. dio respuesta al Oficio
No 3.958, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias para evitar que problemas
como los representados en dicho oficio se repitieran;
Que con fecha
5
de julio de 2007 se efectuó una fiscalización a la ex AFP Bansander
S.A., de la cual se da cuenta en el acta de fiscalización que se consigna en la letra d) de
los Vistos de esta resolución, en la cual se constató que la Administradora cumplió con
implementar las medidas correctivas que había señalado en su carta
GG
25312007,
consistentes en adecuar sus sistemas computacionales para automatizar la información
recibida de los fondos de inversión y fondos mutuos extranjeros
y
así generar controles de
consistencia, además de solicitar la entrega de información a sus contrapartes con mayor
anticipación
y
la realización de un seguimiento del servicio y calidad de la información
que viene de las contrapartes;

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