Resolución exenta número 7.774, de 2021.- Establece medida provisional para el cumplimiento del requisito de supervisiones en origen durante todo el proceso de exportación, en México, de la resolución 4.634, de 2004, que norma requisitos fitosanitarios de ingreso de frutos frescos de Palta (Persea americana) Variedad Hass, desde los municipios que indica en el Estado de Michoacán, Estados Unidos de México - 7 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878822672

Resolución exenta número 7.774, de 2021.- Establece medida provisional para el cumplimiento del requisito de supervisiones en origen durante todo el proceso de exportación, en México, de la resolución 4.634, de 2004, que norma requisitos fitosanitarios de ingreso de frutos frescos de Palta (Persea americana) Variedad Hass, desde los municipios que indica en el Estado de Michoacán, Estados Unidos de México

Número de registroCVE-2051401
Fecha de publicación07 Diciembre 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.122
CVE 2051401 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.122 | Martes 7 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2051401
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
ESTABLECE MEDIDA PROVISIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DEL
REQUISITO DE SUPERVISIONES EN ORIGEN DURANTE TODO EL PROCESO DE
EXPORTACIÓN, EN MÉXICO, DE LA RESOLUCIÓN 4.634, DE 2004, QUE NORMA
REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE PALTA
(PERSEA AMERICANA) VARIEDAD HASS DESDE LOS MUNICIPIOS QUE INDICA
EN EL ESTADO DE MICHOACÁN, ESTADOS UNIDOS DE MÉXICO
(Resolución)
Núm. 7.774 exenta.- Santiago, 29 de noviembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley Nº 19.880
que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de
la Administración del Estado; el decreto ley 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre
Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos
para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto
Nº 112 de 2018 del Ministerio de Agricultura que nombra al Director Nacional del Servicio
Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; las
resoluciones Nº 1.465 de 1981, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 4.634 de 2004, 133 de 2005, 3.589
de 2012 y 7.240 de 2021, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG, es la autoridad nacional
encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país y, bajo este marco, está
facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de
plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de
mercancías importadas.
2. Que, en virtud de esta facultad, SAG dictó resolución 4.634 de 2004, la que establece
requisitos fitosanitarios de importación para frutos frescos de palto (Persea americana), variedad
Hass, producidos en los municipios de Uruapan, Salvador Escalante, Peribán de Ramos,
Tancítaro, Nuevo Parangaricutiro (San Juan), Ario de Rosales y Taretan, del Estado de
Michoacán, México, a Chile, y acordó con la autoridad fitosanitaria mexicana el "Plan de
Trabajo para la Exportación de Paltas Frescas, variedad Hass, desde México, Estado de
Michoacán (algunos municipios) a Chile", en adelante Plan de Trabajo.
3. Que, a consecuencia de la pandemia provocada por la COVID-19, SAG determinó limitar
las comisiones internacionales solo a aquellas que sean imprescindibles de realizar, en razón a
dar continuidad a las actividades propias del Servicio, a modo de proteger, preventivamente,
contagios por COVID-19, situación que será evaluada según la evolución de la emergencia
sanitaria.
4. Que, la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV), dependiente del Servicio
Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), de la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) de México, ha planteado al SAG, en reunión bilateral
del 15 de octubre de 2021, el interés de su industria en concretar exportaciones a Chile de frutos
frescos de palto (Persea americana) variedad Hass, para la temporada 2021-2022, acogiéndose a
la normativa vigente individualizada en el Considerando 2 de la presente resolución.

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