Resolución exenta número 6.145, de 2023.- Crea comisión público-privada, asesora de la Dirección Nacional en materias de autorización, evaluación y fiscalización de plaguicidas de uso agrícola y deroga resolución N° 940 exenta, de 1999
| Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
| Número de registro | CVE-2401618 |
| Fecha de publicación | 10 Noviembre 2023 |
| Sección | Normas Generales |
| Número de Gaceta | 43.697 |
CVE 2401618 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.697 | Viernes 10 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2401618
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
CREA COMISIÓN PÚBLICO-PRIVADA, ASESORA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SAG EN MATERIAS DE AUTORIZACIÓN, EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DE PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA Y DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA N°
940/1999
(Resolución)
Núm. 6.145 exenta.- Santiago, 2 de octubre de 2023.
Vistos:
La Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de
1980, sobre Protección Agrícola; la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de bases generales de
la administración del Estado; la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley N°
21.489 de Promoción, Protección y Fomento a la Actividad Apícola; el decreto N° 17, de 2023,
del Ministerio de Agricultura, que designa Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero;
la resolución exenta N° 1.557, de 2014, que establece exigencias para la autorización de
plaguicidas; la resolución exenta N° 2.195, de 2000, que establece requisitos que deben cumplir
las etiquetas de los envases de plaguicidas de uso agrícola, ambas del Servicio Agrícola y
Ganadero; la resolución exenta N° 940/1999, Crea el Comité Asesor del Servicio Agrícola y
Ganadero para la Evaluación de Plaguicidas de uso agrícola; la resolución N° 7 de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón, y
Considerando:
1. Que, el objeto del Servicio Agrícola y Ganadero es contribuir al desarrollo agropecuario
del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y sanidad vegetal;
la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la
producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a
regulación en normas legales y reglamentarias.
2. Que, el Artículo 35 del decreto ley N° 3.557, dispone que el Servicio Agrícola y
Ganadero mediante resolución exenta publicada en el Diario Oficial podrá regular, restringir o
prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de
plaguicidas.
3. Que la resolución exenta N° 1.557 de 2014, del Servicio, establece las exigencias para la
autorización de plaguicidas en Chile, proceso que termina con la autorización de una etiqueta en
conformidad a lo establecido en las normativas vigentes.
4. Que, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) tiene dentro de sus
funciones y atribuciones, proponer al Servicio Agrícola y Ganadero criterios para el uso de
plaguicidas, fertilizantes y sustancias químicas, a fin de resguardar la biodiversidad.
5. Que la ley N° 21.489 que establece la promoción, protección y fomento de la actividad
apícola establece en su artículo 12 que el SAG debe considerar aspectos técnicos, sanitarios, o
evidencias científicas relacionadas con los plaguicidas que puedan afectar la actividad apícola.
6. Que, el decreto N° 5/2010 del Ministerio de Salud establece que toda aplicación aérea de
plaguicidas deberá ceñirse a las disposiciones del Reglamento de Aplicaciones Aéreas de
Plaguicidas y, lo dispuesto en el decreto Nº 52 de 2002, del Ministerio de Defensa, Reglamento
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