Resolución exenta número 59, de 2023.- Aprueba Reglamento de Beneficios de Asistencia Social, de 2023 - 23 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921021748

Resolución exenta número 59, de 2023.- Aprueba Reglamento de Beneficios de Asistencia Social, de 2023

Fecha de publicación23 Enero 2023
Número de registroCVE-2257351
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.458
CVE 2257351 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.458 | Lunes 23 de Enero de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2257351
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Caja de Previsión de la Defensa Nacional
APRUEBA EL REGLAMENTO DE BENEFICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL, DE 2023
(Resolución)
Núm. 59 exenta.- Santiago, 13 de enero de 2023.
Vistos:
1. El DFL N° 31, de 1953, del Ministerio de Defensa, que fija la Ley Orgánica por la que se
regirá la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
2. El DFL N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre funciones,
deberes y atribuciones de los Consejos y Vicepresidentes Ejecutivos de las Instituciones de
Previsión Social que se indican.
3. La Ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
4. Lo establecido por la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,
que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
5. La resolución exenta N° 1.469, de 2022, que delega en los/las directivos/as y
funcionarios/as que se indican, las atribuciones del Consejo Directivo que se señalan, publicada
en el Diario Oficial del 5 de julio de 2022, de conformidad a la norma citada en el visto 2.
6. La resolución exenta N° 5.151, de 2015, que aprobó el nuevo Reglamento de Beneficios
de Asistencia Social.
7. El Proyecto de Reglamento elaborado por el Departamento de Asistencia Social y
revisado por División Operaciones, Agencias Regionales y debidamente aprobado por Fiscalía.
8. Su presentación ante el Honorable Consejo en su Sesión N° 11/2022, del 30 de
noviembre de 2022.
Considerando:
La necesidad de modificar y actualizar el Reglamento individualizado en el visto N° 6, de
acuerdo a la legalidad vigente y alinearlo con la Misión y Objetivos Estratégicos Institucionales.
Resuelvo:
Apruébese el "Reglamento de Beneficios de Asistencia Social", del 2023, cuyo texto es el
siguiente:
TÍTULO I
Objetivo, Ámbito de Aplicación, Beneficiarios y Beneficios
El Departamento de Asistencia Social de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional tiene
como finalidad entregar atenciones sociales en forma eficiente y eficaz a los beneficiarios de
Capredena, contribuyendo de este modo al mejoramiento de su calidad de vida.
Artículo 1°. El presente reglamento se aplicará a los beneficiarios de Capredena,
entendiéndose como tal a los pensionados/as, montepiados/as y funcionarios/as de la Caja con
imposiciones en Capredena, incluyendo sus respectivas cargas familiares vigentes.

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