Resolución exenta número 529, de 2023.- Deja sin efecto la resolución N° 4.962 exenta, de 2020, y aprueba la modificación del Convenio de gestión educacional del Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Barrancas - 7 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922419712

Resolución exenta número 529, de 2023.- Deja sin efecto la resolución N° 4.962 exenta, de 2020, y aprueba la modificación del Convenio de gestión educacional del Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Barrancas

Fecha de publicación07 Febrero 2023
Número de registroCVE-2265244
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.471
CVE 2265244 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.471 | Martes 7 de Febrero de 2023 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2265244
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 4.962 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE GESTIÓN
EDUCACIONAL DEL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE
EDUCACIÓN PÚBLICA DE BARRANCAS
(Resolución)
Núm. 529 exenta.- Santiago, 26 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; en el
DFL N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.956 que Reestructura el Ministerio
de Educación; en la Ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios
Públicos que Indica; en los artículos 39 y 40 de la Ley N° 21.040, que Crea el Sistema de
Educación Pública; en la Ley N° 20.529 que Crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la
Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en la Ley N° 20.955, que
Perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y Fortalece la Dirección Nacional del Servicio
Civil; en el DFL N° 32, de 2017, del Ministerio de Educación, que Fija Planta del Personal del
Servicio Local de Educación Pública de la Región Metropolitana que comprende las Comunas de
Lo Prado, Pudahuel y Cerro Navia, y Otras Materias que Indica; en el decreto N° 82, de 2021,
que Aprueba Reglamento Sobre el Convenio de Gestión Educacional Establecido en el artículo
39 y siguientes de la Ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el decreto
supremo N° 145, de 2019, del Ministerio de Educación, que Designa al Director Ejecutivo del
Servicio Local de Educación Pública de Barrancas de la Región Metropolitana de conformidad al
Artículo Veintiuno de la ley N° 21.040; en la resolución exenta N° 4.962, de 2020, de este
origen, que Aprueba el Convenio de Desempeño de Gestión Educacional que Indica; en el oficio
ord. N° 1.004, de 2022, del Servicio Local de Educación Pública de Barrancas, que Solicita
Modificación del Convenio de Gestión Educacional que Indica; y, en las resoluciones N°s. 6 y 7,
de 2019, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
Que, mediante la ley N° 21.040 que Crea el Sistema de Educación Pública, se estableció la
creación de setenta Servicios Locales de Educación, los que se encargarán de proveer el servicio
público educacional.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de dicha ley, éstos son órganos públicos,
funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que
se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación y, a su vez,
con esta Secretaría de Estado mediante la Dirección de Educación Pública.
Que, asimismo el artículo 21 de la aludida preceptiva establece que la dirección y
administración de cada Servicio Local estará a cargo de un funcionario denominado Director
Ejecutivo, quien será el jefe superior del servicio.
Que, en dicho contexto normativo, mediante el decreto supremo N° 145, de 2019, del
Ministerio de Educación, se designó a Patricio Alejo Canales Ríos como Director Ejecutivo del

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