Resolución exenta número 225, de 2022.- Delega en funcionarios de la Subsecretaría de Transportes la facultad para otorgar permisos ocasionales de transporte internacional terrestre en el marco de los tratados internacionales que se indican - 25 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 883126116

Resolución exenta número 225, de 2022.- Delega en funcionarios de la Subsecretaría de Transportes la facultad para otorgar permisos ocasionales de transporte internacional terrestre en el marco de los tratados internacionales que se indican

Fecha de publicación25 Enero 2022
Número de registroCVE-2076849
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.161
CVE 2076849 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.161 | Martes 25 de Enero de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2076849
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
DELEGA EN FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES LA
FACULTAD PARA OTORGAR PERMISOS OCASIONALES DE TRANSPORTE
INTERNACIONAL TERRESTRE EN EL MARCO DE LOS TRATADOS
INTERNACIONALES QUE SE INDICAN
(Resolución)
Núm. 225 exenta.- Santiago, 13 de enero de 2022.
Vistos:
Los artículos 5, 23 y 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que "Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado", el
artículo 1 letra t) del decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que
"Fija normas sobre Atribuciones del Ministerio de Economía en materia de transportes y
reestructuración de la Subsecretaría de Transportes"; el decreto ley Nº 557, de 1974, que "Crea el
Ministerio de Transportes"; la ley Nº 19.254, que "Fija plantas de personal de las Subsecretarías
de Transportes y de Telecomunicaciones y de la Junta de Aeronáutica Civil"; la resolución
exenta Nº 155, de fecha 19 de febrero de 2014, de la Subsecretaría de Transportes, que "Fija la
organización funcional de la Subsecretaría de Transportes"; el Convenio Chileno - Argentino de
Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo País, aprobado por el
decreto ley Nº 618, de 1974, y el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre, promulgado
por el decreto supremo Nº 257 de 1991, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la
resolución exenta Nº 35, de fecha 31 de enero de 2005, de la Dirección Nacional de Fronteras y
Límites del Estado; las resoluciones exentas Nº 319, de fecha 18 de febrero de 2015, Nº 363, de
fecha 31 de enero de 2019, y Nº 419, de fecha 7 de febrero de 2019, del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 7, de fecha 26
de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.
Y considerando:
1º.- La necesidad de ejercer de forma apropiada, eficiente y uniforme el otorgamiento de los
permisos ocasionales de transporte internacional terrestre, tanto de carga como de pasajeros, en
los ámbitos del "Convenio Chileno - Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular
dos puntos de un mismo País" y del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre", ambos
citados en Vistos.
2º.- La adecuada coordinación internacional que debe existir entre los órganos de aplicación
nacional de los tratados internacionales citados en Vistos.
3º.- La autorización que otorgó la resolución exenta Nº 35, citada en Vistos, para que la
Subsecretaría de Transportes pudiera otorgar permisos internacionales sin previa revisión de la
Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado.
Resuelvo:
1º.- Delégase en el funcionario de planta directiva, grado 4º EUS, Pablo Roberto Ortiz
Méndez, la facultad de conceder permisos ocasionales de transporte internacional terrestre, tanto
de carga como de pasajeros, en los ámbitos del "Convenio Chileno - Argentino de Transporte

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