Resolución exenta número 2.108, de 2020.- Aprueba Manual de Procedimientos de las Áreas del Diario Oficial de la República de Chile - 9 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875232352

Resolución exenta número 2.108, de 2020.- Aprueba Manual de Procedimientos de las Áreas del Diario Oficial de la República de Chile

Número de registroCVE-1876077
Fecha de publicación09 Enero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.850
I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.850 Sábado 9 de Enero de 2021 Página 1 de 98
CVE 1876077
Normas Generales
Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web:www.diariocial.cl Mesa Central: +56 2 24863600 E-mail: consultas@diariocial.cl
Dirección:Dr.TorresBoonenN°511,Providencia,Santiago,Chile.
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MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
APRUEBA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS ÁREAS DEL DIARIO OFICIAL
DE LA REPÚBLICA DE CHILE
(Resolución)
Núm. 2.108 exenta.- Santiago, 15 de mayo de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los
Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.520, que Crea el Ministerio del
Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo N° 22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que Aprueba Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Ocial de la
República de Chile; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, de conformidad al artículo 3°, letra e), del decreto con fuerza de ley N° 7.912, de 1927,
del entonces Ministerio del Interior, que ja atribuciones de las Subsecretarías de Estado, a dicha
Cartera le corresponderá el Diario Ocial.
2.- Que, por resolución exenta N° 6.793, de 2013, de la Subsecretaría del Interior, se creó el
Departamento Diario Ocial, acto modicado a su vez por resoluciones exentas N° 9.336, de 2017 y
N° 28, de 2019.
3.- Que, por decreto supremo N° 22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
se aprobó el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Ocial de la República
de Chile, el cual dispone que el Diario Ocial integra la Subsecretaría del Interior, y se encuentra a
cargo de su Director.
4.- Que, conforme al mismo decreto supremo Nº 22, referido, el Diario Ocial ha de publicar las
instrucciones de orden interno que permitan dar cabal cumplimiento a los requisitos y obligaciones
que le impone su Reglamento, las que serán aprobadas por resolución de la Subsecretaría del Interior.
5.- Que, por resolución exenta N° 28, de 2019, se modicó la resolución exenta N° 9.336, de
2017, de la Subsecretaría del Interior, con el objeto de aprobar instrucciones de orden interno, relativas
al nuevo organigrama y manual de funciones del Departamento Diario Ocial.
6.- Que, en el marco de la mejora continua de sus procesos y servicios, el Departamento Diario
Ocial requiere formalizar el manual de procedimientos que imparte instrucciones para el desarrollo de
sus actividades, tanto operacionales como administrativas, mediante la expedición del correspondiente
acto administrativo.
7.- Que, por las consideraciones previamente expuestas,
Resuelvo:
Apruébense las instrucciones de orden interno que se establecen en el Manual de Procedimientos
de las Áreas del Diario Ocial de la República de Chile, versión 01, de fecha 14 de mayo de 2020,
documento que se adjunta al presente acto administrativo y que se entiende formar parte del mismo,
impartidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del decreto supremo N° 22, de 2016, del Ministerio
del Interior y Seguridad Pública.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario del Interior.
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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 9 de Enero de 2021
Núm. 42.850 Página 2 de 98
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS ÁREAS DEL DIARIO OFICIAL DE LA
REPÚBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
Subsecretaría del Interior
Departamento Diario Ocial
Contenido
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVO DEL PROCESO
3. MARCO LEGAL
4. RESPONSABLES
5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO
5.1. ÁREA DE OPERACIONES DEL DIARIO OFICIAL
5.1.1 . RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE PUBLICACIÓN DE ORGANISMOS PÚBLICOS
5.1.2. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE PUBLICACIÓN USUARIOS PARTICULARES
5.1.3. COTIZACIÓN DE SOLICITUDES DE PUBLICACIÓN USUARIOS PARTICULARES
5.1.4. GENERACIÓN DE NOTAS DE VENTAS A USUARIOS PARTICULARES
5.1.5. PAGO POR CAJA DE LA SOLICITUD DE PUBLICACIÓN
5.1.6. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES EN BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA
5.1.7. RECEPCIÓN RESPALDO FÍSICO DE LA PUBLICACIÓN
5.1.8. OTRAS ACTIVIDADES DE OPERACIONES
5.2. ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
5.2.1. FACTURACIÓN DE SOLICITUDES
5.2.2. SUPERVISIÓN DEL PROCESO CONTABLE
5.2.3. PROCESO DE INFORMÁTICA Y DESARROLLO
5.2.4. PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
5.2.5. PROCEDIMIENTOS DE RECURSOS HUMANOS
5.3. ÁREA DE ESTUDIOS, PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
5.3.1. ACTUALIZACIÓN DE PUBLICACIONES Y MEMORIA ANUAL
5.3.2. DEFINICIÓN, SEGUIMIENTO Y SUBIDA DE METAS CDC Y PMG
5.3.3. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
5.4. ÁREA JURÍDICA Y COORDINACIÓN DE ERoP
5.4.1. TRAMITACIÓN JURÍDICA
5.4.2. ANÁLISIS JURÍDICO ADMINISTRATIVO
5.4.3. COORDINACIÓN DE ERoP
5.5. ASISTENTE DE DIRECCIÓN
6. GLOSARIO
7. ANEXOS
8. VALIDACIÓN
9. CUADRO DE CONTROL DE VERSIONES
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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 9 de Enero de 2021
Núm. 42.850 Página 3 de 98
1. INTRODUCCIÓN
El presente manual es una guía de uso interno con la cual el Director del Diario Ocial entrega
lineamientos y orientaciones, e imparte instrucciones para el desarrollo de las funciones administrativas
y operacionales de este Departamento.
El manual es una herramienta de gestión que facilita el desarrollo de los procesos llevados a cabo
periódicamente por todos los funcionarios y funcionarias que se desempeñan en este Departamento.
Representa una guía en la evaluación y vericación del grado de consistencia existente entre lo que
está descrito en los procesos y las prácticas cotidianas.
La descripción de las actividades relacionadas con cada procedimiento orienta al personal en la
ejecución uniforme de las mismas, a la vez, permite identicar las unidades responsables y operativas
de cada tarea.
Con el objetivo de mantener actualizados los distintos procedimientos ejecutados, el manual
deberá ser sometido a revisiones periódicas para efectos de incorporar modicaciones, si es necesario,
e integrar potenciales mejoras.
El alcance del manual comprende los procesos de las áreas: i) Operaciones del Diario Ocial, ii)
Administración y nanzas, iii) Jurídica y coordinación de ERoP, iv) Estudios, planicación y control
de gestión, y v) Asistente de dirección.
2. OBJETIVO DEL PROCESO
El manual tiene como nalidad describir los procesos que están involucrados en las diferentes
áreas del Diario Ocial. En detalle, se especica cómo las acciones de todas las unidades operativas y
administrativas del Diario, se articulan de manera sistemática para llevar a cabo las tareas cotidianas.
De igual forma, el manual permitirá compartir el conocimiento sobre procedimientos y actividades a
realizar, con funcionarios y funcionarias que se incorporen a este Departamento, facilitando su integración.
Por último, la documentación formal de los procedimientos deberá contribuir al logro de las
metas institucionales, así como, a un funcionamiento más ecaz y eciente de los servicios que se
presten a los usuarios.
3. MARCO LEGAL
El Diario Ocial, conforme a lo establecido en el artículo 2° del decreto supremo N° 22, de
2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba Reglamento sobre organización y
funcionamiento del Diario Ocial de la República de Chile, integra la Subsecretaría del Interior y es
la institución ocial del Estado encargada de la publicación de las normas jurídicas que rigen el país.
Su misión consiste en ser el constituyente de la certeza jurídica que el Estado de Derecho
necesariamente requiere, lo que se materializa a través de la publicación de la ley y de la presunción
de que todo cuerpo legal promulgado en la forma prescrita en la Constitución se supone conocido por
todos, sin admitir prueba en contrario, desde su publicación en el Diario Ocial. De la misma forma,
se publican en este medio todas aquellas actuaciones que tanto en el ámbito público como privado
tienen relevancia en la vida jurídica, económica y social del país, cumpliendo así con el requisito de
publicidad que la ley exige.
De igual forma, al Diario Ocial le corresponde la publicación del Boletín Ocial de Minería,
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 238 del Código de Minería y en cumplimiento de lo
ordenado en el artículo 2º transitorio de su Reglamento. Todas las publicaciones que ordena el Código
de Minería se harán en el señalado Boletín, el primer día hábil de cada mes y los primeros días hábiles
de cada semana, según corresponda. El Diario Ocial seleccionará, en conformidad con las normas
de la ley N° 19.886, a Encargados Regionales o Provinciales (ERoP) del Boletín Ocial de Minería,
en las ciudades de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, Coquimbo, Ovalle, Illapel, La Ligua, San
Felipe y Santiago.
A continuación, se detallan las principales normas relacionadas con la actividad del Diario Ocial:
Normativa institucional y funcional, de carácter general
- Decreto con Fuerza de Ley Nº 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que Fija las Atribuciones
de las Secretarías de Estado. En particular, su artículo 3°, letra e).
- Ley N° 20.502, que Crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modica diversos cuerpos
legales.
- Ley N° 19.799, Sobre documentos electrónicos, rma electrónica y servicios de certicación de
dicha rma.
- Decreto Supremo Nº 22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba
Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Ocial de la República de Chile.
- Resolución Exenta N° 3.067, de 2016, de la Subsecretaría del Interior, que Establece especicaciones
técnicas para la recepción de documentos a publicar en el Diario Ocial de la República de Chile.

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