Resolución exenta número 14, de 2023.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente - 4 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922069255

Resolución exenta número 14, de 2023.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente

Fecha de publicación04 Febrero 2023
Número de registroCVE-2266217
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.469
CVE 2266217 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.469 | Sábado 4 de Febrero de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2266217
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Delegación Presidencial Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins
REQUIERE ADMINISTRATIVAMENTE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE OCUPADO
ILEGALMENTE
(Resolución)
Núm. 14 exenta.- Rancagua, 10 de enero de 2023.
Vistos:
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; las facultades que me otorga el artículo 2º letra c), artículo 4º letras d), h) e i) de la ley Nº
19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; las facultades
contenidas en los Arts. 26 letras e) y f) y 34 del DFL Nº 22 de 1959, modificado por el DL Nº
3.457 de 1980; la ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en resolución Nº 7 y
Nº 8 de 2019, de la Contraloría General de la República; lo dispuesto en DS Nº 82, de 11 de
marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Delegado
Presidencial de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, a don Fabio López
Aguilera; y
Considerando:
1. Que, mediante oficio ordinario Nº 65, de 6 de enero de 2023, la Directora de Serviu
Región del Libertador Bernardo O'Higgins, solicitó a esta Delegación Presidencial, el apoyo
operativo y estratégico para el desalojo de los inmuebles mencionados en el oficio ya
individualizado, a fin de intervenir con el programa RCH la población Baltazar Castro, señalando
que a la fecha existen inmuebles de propiedad de ese servicio con ocupantes irregulares,
situación que interfiere con el avance del proceso de demolición que se orienta a la construcción
de proyectos habitacionales según diseño de Plan Maestro de Regeneración Urbana.
2. Que, adjunto a oficio Nº 65, de fecha 6 de enero de 2023, se encuentra Permiso Nº 2, de 5
de enero de 2023, de la Dirección de Obras de la comuna de Rancagua, que autoriza la
demolición total de 8 blocks ubicados en el predio individualizado en el permiso. Asimismo,
adjunta permiso especial de tránsito Nº 0133, de 28 de diciembre de 2022, otorgado por el
Director de Tránsito de la Municipalidad de Rancagua, que autoriza la carga y descarga por
demolición de 8 blocks en conjunto habitacional Baltazar Castro, de la comuna de Rancagua.
3. Que, le corresponde a esta Autoridad velar por el cumplimiento de las Leyes y
Reglamentos en el ámbito de sus atribuciones.
4. Que, dentro de tales atribuciones y al tenor de lo dispuesto en el artículo 4 letra h) de la
ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 26
letras e) y f) del DFL Nº 22 de 1959, modificado por el DL Nº 3.457 de 1980, le compete ejercer
la vigilancia y cuidar de la conservación de los Bienes del Estado, Fiscales, Nacionales o
Nacionales de Uso Público, cuidar que se respeten en el uso al que están destinados y, en
especial, impedir que se ocupen ilegalmente en todo o en parte, se realicen obras, se lleven a
efecto resoluciones o se ejecuten otros actos que embaracen o perturben el uso de éstos.
5. Respecto al auxilio de la fuerza pública que solicita el oficio de la Directora de Serviu
Región del Libertador Bernardo O'Higgins, y atendida la cohesión y coherencia que todo acto
jurídico administrativo debe detentar, se entiende que dicha fuerza se requerirá en caso de ser

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