Resolución exenta número 135, de 2023.- Autoriza ediciones extraordinarias del Diario Oficial para los días que indica - 7 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922419213

Resolución exenta número 135, de 2023.- Autoriza ediciones extraordinarias del Diario Oficial para los días que indica

Fecha de publicación07 Febrero 2023
Número de registroCVE-2267614
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.471
CVE 2267614 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.471 | Martes 7 de Febrero de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2267614
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
AUTORIZA EDICIONES EXTRAORDINARIAS DEL DIARIO OFICIAL, PARA LOS
DÍAS QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 135 exenta.- Santiago, 18 de enero de 2023.
Vistos:
1.- Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 75, inciso tercero, de la Constitución Política de
la República, en relación con lo preceptuado en los artículos 7º y 8º del Código Civil y los
artículos 48 y 49 de la ley Nº 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
establece bases de los procedimientos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado;
2.- Lo preceptuado en el artículo 3º, letra e), del DFL Nº 7.912 de 1927, del Ministerio del
Interior, que Organiza las Secretarías de Estado;
3.- La ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
4.- El decreto supremo Nº 22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que
Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República
de Chile;
5.- Lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,
que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que, el artículo 7º inciso primero del decreto supremo Nº 22, de 12 de enero de 2016,
que Aprueba el Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la
República de Chile, establece que éste "(...) se publicará todos los días del año, salvo los días
domingo y festivos. Cada edición tendrá un número correlativo único, manteniendo la
numeración utilizada a la entrada en vigencia de este reglamento".
2.- Que, el inciso segundo del mismo artículo antedicho, dispone que ''Con todo, podrán
excepcionalmente realizarse ediciones extraordinarias del Diario Oficial, sean éstas ediciones
adicionales en un mismo día o en días domingo o festivos, las que deberán encontrarse
autorizadas por resolución de la Subsecretaría del Interior.". Agrega este último precepto que
"Por razones de buen servicio la referida resolución podrá ser dictada con posterioridad a la
edición extraordinaria", debiendo además publicarse en el Diario Oficial.
3.- Que, durante el mes de diciembre del año 2022, debido a la necesidad de contar con la
edición, publicación y difusión oficial de los textos de leyes, decretos y resoluciones, se
prepararon siete ediciones extraordinarias, las cuales fueron oportunamente publicadas.
Resuelvo:
1.- Autorízase la elaboración y publicación de las siguientes ediciones extraordinarias del
Diario Oficial, correspondientes a las fechas que en cada caso se indican:

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