Resolución exenta número 111, de 2021.- Llamado regional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su capítulo segundo, de la atención a condominios de viviendas sociales y económicos emplazados en suelo de condición salina en la Región de Tarapacá, fija condiciones técnicas para su aplicación y el monto de recursos disponibles - 5 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 865905127

Resolución exenta número 111, de 2021.- Llamado regional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su capítulo segundo, de la atención a condominios de viviendas sociales y económicos emplazados en suelo de condición salina en la Región de Tarapacá, fija condiciones técnicas para su aplicación y el monto de recursos disponibles

Número de registroCVE-1920043
Fecha de publicación05 Abril 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.921
CVE 1920043 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.921 | Lunes 5 de Abril de 2021 | Página 1 de 11
Normas Generales
CVE 1920043
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región de Tarapacá
LLAMADO REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO
DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO
FAMILIAR EN LA MODALIDAD REGULADA POR SU CAPÍTULO SEGUNDO, DE
LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES Y ECONÓMICOS
EMPLAZADOS EN SUELO DE CONDICIÓN SALINA EN LA REGIÓN DE
TARAPACÁ, FIJA CONDICIONES TÉCNICAS PARA SU APLICACIÓN Y EL
MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES
(Resolución)
Núm. 111 exenta.- Iquique, 25 de marzo de 2021.
Visto:
1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de
Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) del artículo 13;2. La
resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para Prestación de Servicios de
Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución Nº 241 (V. y
U.), de 1996.
2. La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar
llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021, en el otorgamiento de
subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a
través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS Nº 255 (V. y U.),
de 2006.
3. La circular Nº 1, de fecha 25.01.2021, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que
establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.
4. El decreto exento Nº 11 (V. y U.), de fecha 25 de enero de 2017, que aprueba y declara
norma oficial de la República de Chile la Norma Técnica NCh 3394 "Suelo Salino - Requisitos
Geotécnicos y de Instalaciones Sanitarias para Diseño y Ejecución de Obras".
5. La resolución exenta Nº 1.006 (Seremi V. y U. Región de Tarapacá), de fecha 6 de
diciembre de 2017, que aprueba el Itemizado Técnico Regional para la Región de Tarapacá para
proyectos habitacionales emplazados en suelos salinos de estructura colapsable.
6. La NCh 3394 para Suelos Salinos - Requisitos Geotécnicos y de Instalaciones Sanitarias
para Diseño y Ejecución de Obras.
7. La resolución exenta Nº 199, de fecha 19 de marzo de 2021, del Servicio de Vivienda y
Urbanización de Tarapacá, que sanciona tabla referencial de precios unitarios para proyectos del
Programa de Protección al Patrimonio Familiar (DS Nº 255, de 2006) y para proyectos del
Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (DS Nº 27, de 2016), Región de Tarapacá
para el año 2021.
8. Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397/1976 (V. y U.) y el decreto
supremo Nº 19/2020 (V. y U.), que nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y
Urbanismo de Tarapacá.
9. Lo dispuesto por las resoluciones N° 7, que Fija Normas sobre Exención del trámite de
Toma de Razón, y Nº 8, que Determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de
los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de
reemplazo cuando corresponda, ambos de 2019, de la Contraloría General de la República.

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