Resolución exenta número 1.153, de 2020.- Aprueba Protocolo de Detección de Casos Sospechosos de Covid-19 en Aeropuerto - Fase 4 - 15 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856582201

Resolución exenta número 1.153, de 2020.- Aprueba Protocolo de Detección de Casos Sospechosos de Covid-19 en Aeropuerto - Fase 4

Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de registroCVE-1880862
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta42.855
CVE 1880862 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.855 | Viernes 15 de Enero de 2021 | Página 1 de 13
Normas Generales
CVE 1880862
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
APRUEBA PROTOCOLO DE DETECCIÓN DE CASOS SOSPECHOSOS DE
COVID-19 EN AEROPUERTO - FASE 4
(Resolución)
Núm. 1.153 exenta.- Santiago, 30 de diciembre de 2020.
Visto:
Estos antecedentes; lo dispuesto en el artículo 191 y Nº 9 de la Constitución Política de
la República; en el Código Sanitario; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del
Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº
2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el Reglamento Sanitario Internacional,
promulgado a través del decreto supremo Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones
Exteriores; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento
Orgánico del Ministerio de Salud; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que
decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que
indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del
nuevo coronavirus (2019-NCOV); en el decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por
calamidad pública, en el territorio de Chile; en el decreto supremo Nº 9, de 2020, del Ministerio
de Salud, que Establece coordinación por Emergencia de Salud Pública de Importancia
Internacional que indica y designa Ministro Coordinador; en el decreto Nº 158, de 2004, del
Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre notificación de enfermedades
transmisibles de declaración obligatoria; en la resolución exenta Nº 108, del 27 de febrero de
2020, del Ministerio de Salud, que establece declaración jurada de estado de salud como medida
de control sanitario obligatorio para viajeros y aprueba formularios para realizar la declaración
jurada; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado de
garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de
la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y, cuando
corresponda, ejecutar tales acciones.
2. Que, a esta Secretaría de Estado le corresponde ejercer la rectoría del sector salud y velar
por la efectiva coordinación de las redes asistenciales, en todos sus niveles.
3. Que, esta Cartera Ministerial debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la
situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, le compete mantener un
adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no
transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de
control.
4. Que, asimismo, le corresponde velar por que se eliminen o controlen todos los factores,
elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la
población.

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