Resolución Exenta nº 382-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Santa Luisa - Normativa - VLEX 916273622

Resolución Exenta nº 382-2018 del Servicio de Evaluación Ambiental. Santa Luisa

Número de resolución382-2018
Fecha de publicación30 Octubre 2018
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Documento - 5e/1b/68f1823430aaa59d7aab78f76189c98e9aef
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Santa Luisa"

Resolución Exenta Nº 382/2018

Santiago, 22 de octubre de 2018



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”), admitida a trámite con fecha 09 de agosto de 2017 mediante la Resolución Exenta N° 365/2017 de la Comisión de Evaluación de la

Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 05 de abril de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 03 de septiembre de 2018 del Proyecto “Santa Luisa” presentada por SERVIU METROPOLITANO.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Santa Luisa”.

3°. El Acta de Evaluación Nº 01/2017 de fecha 24 de agosto de 2017 y el Acta de Evaluación Nº 03/2018 de fecha 25 de septiembre de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Santa Luisa” de fecha 28 de septiembre de 2018.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 09 de octubre de 2018.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Santa Luisa.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el Oficio Ordinario de la Dirección Ejecutiva del SEA N°181047 de fecha 19 de julio de 2018; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, SERVIU METROPOLITANO, (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “Santa Luisa” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1.1 Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

SERVIU METROPOLITANO

Rut

61.812.000-7

Nombre representante legal

Roberto Andrés Acosta Kerum

Rut representantes legal

13.931.255-4

Domicilio de los representantes legales

Serrano N°45, piso 6, Santiago

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de septiembre de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos característicos o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 09 de octubre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Santa Luisa”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 28 de septiembre de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El Proyecto consiste en la construcción de 600 viviendas (136 casas y 464 departamentos), en un terreno de 72.334,79 m2. Asimismo, contará con 249 estacionamientos para vehículos y 58 para bicicletas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Las partes, obras y acciones del Proyecto constituyen un Proyecto listado en el artículo 10° de la Ley N°19.300, y en el artículo 3° del Reglamento del SEIA el que establece en su literal h), que se deberán someter al SEIA los proyectos que cumplan con algunas de las siguientes condiciones:

Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

• h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

• h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;

• h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;

• h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o

• h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que:

El Proyecto se ubica en una zona declarada como saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno. La Región cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente.

El Proyecto contempla la construcción de un total de 600 viviendas.

Vida útil.

Indefinida

Monto de inversión

USD 19.888.213,59.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

La gestión que dará cuenta del inicio del Proyecto será el cierre perimetral.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

El Proyecto inmobiliario "Santa Luisa” se ejecutará en una sola etapa.

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

El Proyecto inmobiliario "Santa Luisa” que se somete al Sistema de Evaluación Ambiental (SEA), corresponde a un proyecto nuevo.

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

El Proyecto inmobiliario "Santa Luisa” no modifica otras RCA.

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El Proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Quilicura, específicamente en la calle Santa Luisa N°2.700, Lote 4-4A.

Justificación de la localización.

El área o zona en la que se emplaza el Proyecto de acuerdo a Plan Regulador comunal de Quilicura, corresponde a una Zona 37o Lo Marcoleta Oriente – Carretera General San Martín (para mayor detalle revisar Anexo N°2. Documentos de la DIA), cuyos usos permite la realización de este tipo de proyecto. Por otro lado, la adecuada accesibilidad en su entorno inmediato potencia la conectividad en relación con avenidas y transporte público. Por tanto, el Proyecto es compatible territorialmente con su emplazamiento.

Superficie.

El Proyecto se emplaza en un terreno de 72.334,79 m2, cuya superficie total construida será de 37.775,33 m2.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas del polígono del Proyecto son las siguientes:

Tabla N°4.1.1: Coordenadas del predio.

Vértices

Coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso 19 Sur

Norte

Este

A

6.308.416

337.856

B

6.308.328

337.881

C

6.308.281

338.179

D

6.308.085

388.226

E

6.308.142

337.831

F

6.308.289

337.850

G

6.308.336

337.814

H

6.308.333

337.854

Fuente: Figura 1. Ubicación y vértices del Proyecto de la DIA.

Caminos de acceso.

Las Principales rutas de acceso se presentan a continuación:

Tabla N° 4.1.2 Rutas de acceso en la fase de construcción

Actividad

Rutas Principales

Obras previas Proyecto

Material Tierra a Botadero: Santa Luisa - Gral. San Martin - Américo Vespucio - Autopista Central - Av. Padre Hurtado - Aguirre Cerda – Suiza - Salvador Allende.

Obra gruesa

Material Hormigón: Gral. San Martin - Caupolicán - San Ignacio - Libertador B. O'Higgins - Lo Marcoleta -Santa Luisa.

Material Escombros y Tierra a Botadero: Santa Luisa - Gral. San Martin - Américo Vespucio - Autopista Central - Av. Padre Hurtado - Aguirre Cerda – Suiza - Salvador Allende.

Material Acero: Cerro Portezuelo - San Ignacio -Bernardo O'Higgins - Lo Marcoleta - Santa Luisa.

Material Áridos: Lo Campino -Carampangue- Nva. York - Manuel Matta - El Juncal - Santa Luisa.

Material Otros Materiales: Arturo Prat - José Francisco Vergara - Los Carrera - Manuel Matta - Santa Luisa.

Material RESPEL: Santa Luisa - Lo Marcoleta -Libertador B. O'Higgins - Cerro Los Cóndores - El Juncal.

Instalaciones

Material Otros Materiales: Arturo Pratt - José Francisco Vergara - Los Carrera - Manuel Matta - Santa Luisa.

Material RESPEL: Santa Luisa - Lo Marcoleta-Libertador B. O'Higgins - Cerro Los Cóndores - El Juncal.

Terminaciones

Material Otros Materiales: Arturo Prat - José Francisco Vergara - Los Carrera - Manuel Matta - Santa Luisa.

Material RESPEL: Santa Luisa - Lo Marcoleta-Libertador B. O'Higgins - Cerro Los Cóndores - El Juncal.

Fuente: Tabla 1 de la DIA.

En cuanto a...

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