Resolución Exenta N° 39, Departamento Fiscalización Interna, de 14 de Septiembre de 2001 - Normativa - VLEX 273193863

Resolución Exenta N° 39, Departamento Fiscalización Interna, de 14 de Septiembre de 2001

RESOLUCION EXENTA N°39 DEL 14 DE SEPTIEMBRE DEL 2001 MATERIA : AUTORIZA USO DE SISTEMA DE DESPACHO DE COMBUSTIBLES IMPORTADOS COMO PERTRECHOS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN POR PARTE DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIO DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

  1. Las facultades contenidas en el Artículo , letra A), N°. 1 del Código Tributario, y en los Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del DFL N°. 7, de Hacienda de 1980; lo dispuesto en el Decreto Ley N° 825 de 1974 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en el Decreto Supremo de Hacienda N° 55 de 1977, reglamentario del DL N° 825 de 1974;

  2. La Resolución N° Ex. 5.661 de 2000 de este Servicio, modificada por la Resolución N° Ex. 24 de 2001, que deroga el Sistema de Cupones en Ventas de Combustibles, en cuanto a su emisión a partir del 01 de Octubre de 2001 y en cuanto a su utilización a partir del 01 de enero de 2002.

  3. Lo señalado en el Oficio Ord. N°6313-3 de fecha 02.05.2001 de la Comandancia en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, en el Oficio Ord. N°529 de fecha 29.05.2001 de la Dirección de Logística de Carabineros de Chile, y lo planteado en las reuniones sostenidas con representantes de las Jefaturas Logísticas de las instituciones antes señaladas, del Ejercito de Chile, de la Armada de Chile y de la Dirección General de Investigaciones, respecto a la necesidad de establecer un sistema legal y expedito que permita retirar los combustibles adquiridos por dichas instituciones en el extranjero para el uso en vehículos, al amparo del D.L. N°480 de 1974, entregados para su almacenamiento y distribución a través de la Red de Estaciones de Servicio adheridas a Empresas Mayoristas del rubro que operan en el país.

    C O N S I D E R A N D O :

  4. Que, se hace necesario regularizar el uso dado a los Cupones de Combustibles por parte de Empresas Mayoristas del rubro, en cuanto a que se han utilizado para efectuar entregas de combustibles a las Instituciones Armadas desde Estaciones de Servicio, combustibles que son de propiedad de las Fuerzas Armadas y de Orden, para las cuales las Empresas Mayoristas prestaban un servicio de almacenaje y distribución, en consecuencia que las autorizaciones de utilización del sistema de cupones, siempre se establecieron respecto de una venta prepagada y que se documentaba tributariamente al momento del prepago.

  5. Que, las propuestas efectuadas por las Jefaturas Logísticas de las FF.AA. y de Orden, en el sentido de mantener un sistema de entrega de estos combustibles dejados en almacenamiento, similar al sistema de cupones el cual es simple y expedito en la entrega de combustible, contemplan la emisión de una "Orden de Entrega de Combustible de las FF.AA. y de Orden", dirigida al Almacenista y Distribuidor contratado, a fin de que proceda a...

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