Resolución Exenta nº 1300196-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Departamental - Froilán Roa - vLex Chile

Resolución Exenta nº 1300196-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Departamental - Froilán Roa

Número de resolución1300196-2022
Fecha de publicación21 Febrero 2022
Año2022
Fecha22 Febrero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto Departamental - Froilán Roa
<NUM_RES>
Santiago
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 13 de agosto de
2021, mediante Resolución Exenta N°592/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 11 de noviembre de 2021 y su Adenda
Complementaria de fecha 12 de enero de 2022, del proyecto Departamental - Froilán Roa”,
presentada por Claudio Barros Montenegro y Etelinda Robles Figueroa, en representación de
Inmobiliaria PY S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) 20221310927 de la
DIA del proyecto Departamental - Froilán Roa de fecha 28 de enero de 2022.
3°. El Acta de Evaluación Nº05/2022 de fecha 25 de noviembre de 2022 del Comité Técnico de la
Región Metropolitana.
4°. El ICE 20221310927 de la DIA del proyecto Departamental - Froilán Roade fecha 28 de
enero de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 07 de febrero de
2022.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Departamental - Froilán Roa”.
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación
Ambiental (enadelante, “Reglamento del SEIA” o “RSEIA”); la Ley N°19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; el Decreto Supremo N°256, de fecha 01 de octubre de 2021 del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el artículo 80 del DFL 29/2005 que Fija Texto
Refundido, Coordinado y Sistematizado de La Ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo; y en la
Resolución N°7, de fecha 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 21-02-2022 16:34:03:741 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 21-02-2022 16:34:06:750 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inmobiliaria PY S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Departamental - Froilán Roa” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inmobiliaria PY S.A.
Rut
96.641.860-5
Domicilio
Rosario Norte 615 Piso 17, Comuna de Las Condes,
Región Metropolitana
Teléfono
+56 2 22641541
Correo electrónico del Titular
ktoro@ingenieriaintegral.cl
Nombre del representante legal 1
Claudio Mauricio Barros Montenegro
Rut del representante legal 1
10.312.333-K
Correo electrónico de representante legal 1
cbarros@py.cl
Nombre del representante legal 2
Etelinda Del Carmen Robles Figueroa
Rut del representante legal 2
6.999.808-9
Domicilio de los representantes legales
Rosario Norte 615 Piso 17, Comuna de Las Condes,
Región Metropolitana
2°. Que, conforme se indica en elICE 20221310927, de fecha 28 de enero de 2022, el Servicio
de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto,
considerando que:
Cumple con la normativa ambiental aplicable vigente;
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio
Ambiente (en adelante “MMA”);
No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo
11° de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto
Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 07 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto Departamental - Froilán
Roa”, aprobando íntegramente el contenido del ICE 20221310927, de fecha 28 de enero de 2022,
el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el
artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las
consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria,
que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación, se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto consiste en la construcción y operación de un
edificio con destino habitacional y locales comerciales, y ampliar la
oferta habitacional y comercial en la comuna de La Florida.
Descripción general del
proyecto
El proyecto inmobiliario contempla la construcción y operación de 2
edificios de 30 pisos de altura y 3 niveles subterráneos cada uno, de
uso habitacional (venta y renta) totalizando 895 departamentos, 696
estacionamientos vehiculares y 1.044 estacionamientos para bicicletas.
Además de considerar 6 locales comerciales. Lo anterior, en una
superficie predial de 10126 m2, y una superficie total construida de
68.071 m2.
La duración estimada de la fase construcción corresponde a 31 meses,
según cronograma presentado en la Tabla 25 de la DIA, y cronología
actualizada en el punto 2.1 de la Adenda Complementaria
Tipología principal, así
como las aplicables a
sus partes, obras o
acciones
Tipología principal: de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 19.300 y el
artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
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4.1. ANTECEDENTES GENERALES
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o
urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento,
y que presenten alguna de las siguientescaracterísticas.
(…)
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7
hectáreas o consulten la construcción de 300 o más
viviendas;”.
Dado que el Proyecto contempla la construcción de 895 viviendas, y se
ubica en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada zona
saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en
suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de
nitrógeno, según el D.S. 31/2016 del Ministerio de Medio Ambiente
(MMA).
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión
USD $ 40.035.231
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para efectos
de la caducidad de la
RCA
De acuerdo con lo indicado en el punto 4.1 de la Adenda, la faena que
dará cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto, de modo
sistemático y permanente, corresponde a la demolición de las actuales
instalaciones.
Proyecto o actividad se
desarrolla por etapas
Si
No
Según se indica en el punto A.2.8. de la DIA, el Proyecto
no sedesarrollado en etapas, en los términos que
establece el artículo 14 del RSEIA.
X
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente
Si
No
Según se indica en el punto A.2.7. de la DIA, el Proyecto
no corresponde a una modificación de proyecto o
actividad preexistente, en los términos que establece el
artículo 12 del RSEIA.
X
Proyecto modifica
otra(s) RCA
Si
No
Según lo indicado en el punto A.2.7 de la DIA, el
Proyecto es nuevo y no modifica algún proyecto con
Resolución de Calificación Ambiental (“RCA”).
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El proyecto se localizará en la intersección de las calles Froilán Roa
con Av. Departamental, específicamente en Av. Departamental
N°1053, en la comuna de La Florida, Provincia de Santiago, Región
Metropolitana.
Justificación dela
localización
De acuerdo con lo indicado en el punto A.3.4 de la DIA, el proyecto
está emplazado dentro de la trama urbana de la comuna de La
Florida, donde resalta la conectividad del sector por vías principales,
y la presencia de comercio y servicios. Según el Certificado de
Informaciones Previas (CIP) N° 2644 de fecha 13 de octubre de
2021, otorgado por la Dirección de Obras de la I.M. de La Florida,
adjunto en el Anexo 2.1 de la Adenda, el predio donde se emplaza el
proyecto se encuentra en Área Urbana, específicamente en la zona
Z-AA1” denominada Zona de Transición a Edificación Aislada Alta
1, del Plan Regulador Comunal (PRC) de La Florida, que permite el
uso residencial y equipamiento.
Además, el proyecto cuenta con Resolución de Aprobación de
Anteproyecto de Edificación N°585/2019 de fecha 30 de septiembre
de 2019, adjunto en el Anexo 2.2 de la DIA, y permiso de
edificación en trámite.
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