Resolución Exenta Nº 129 de Comisión Chilena de Energía Nuclear, 2023-12-01 - vLex Chile

Resolución Exenta Nº 129 de Comisión Chilena de Energía Nuclear, 2023-12-01

JurisdicciónChile
Fecha de publicación10 Enero 2024
Fecha01 Diciembre 2023
EmisorComisión Nacional de Energía (CNE)
Tipo de documentoResolución Exenta
COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR
RESOLUCION EXENTA DE ASESORIA JURIDICA 129/2023
Santiago, 01 de diciembre de 2023
VISTOS:
a) Lo establecido en la Ley N°16.319, que crea la Comisión Chilena de Energía Nuclear;
b) La Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado;
c) La Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de B ases Generales de la Administración del Estado;
d) La Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administra tivos de Suministro y Prestación de Servicios y su
Reglamento, contenido en el decreto suprem o N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda;
e) La Ley N°21.516, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023;
f) La Resolución Exenta N°015/2023, que contempla la delegación de facultades del Consejo Directivo de la
CCHEN al Director Ejecutivo;
g) La Resoluciones N°7 y N°8 de la Contra loría General de la República.
RESUELVO:
Apruébese el Convenio 047/2023, de fecha 26 de septiembre de 2023, entre la COMISIÓN CHILENA DE
ENERGÍA NUCLEAR y THE UNITED STATES NUCLEAR REGULATORY COMMISSION / LA ADMINISTRACION
NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLE AR DE LOS ESTADOS UNIDOS, debidamente firmado, en inglés y
español, por las Partes comparecientes, que se entiende formar parte integrante de la presente resolución
y cuyo texto es el siguiente:
MEMORANDUM OF UNDERSTANDING
BETWEEN
THE UNITED STATES NATIONAL NUCLEAR SECU RITY ADMINISTRATION
AND
THE CHILEAN NUCLEAR ENERGY COMMISSION
FOR COOPERATION ON NUCLEAR SECURITY
The United States National Nuclear Security Administration (NNSA) and the Chilean N uclear
Energy Commission (CCHEN), hereinafter referr ed to as the "Participants":
GUIDED by their m utual desir e to cooper ate on nucle ar securit y matters; a nd
CONSIDERING the ongoing need for joint efforts to help prevent the theft of and sabotage of
radiological and nuclear materials, which would have profound social and economic consequences
if used in a terrorist attack anywhere in the world,
Have reac hed the follo wing understan dings:
I. SCOPE OF COOPE RATION
1. Each Participant may, following written notification sent to the other Participant,
coordinate with other mi nistries or agencies of its government to carry out activities for the
implementation of this Memorandum of Understanding (MOU), and may act through
contractors.
COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR
RESOLUCION EXENTA DE ASESORIA JURIDICA 129/2023
Santiago, 01 de diciembre de 2023
2. Planned cooperativ e activities under t his MOU include the foll owing: colla boration
between the Partici pants on trainin g, workshop s, delivery and instal lation of equipm ent,
and techn ical e xchanges. Such a ctivities may b e cond ucted v ia conf erence calls, t echnical
training visits, sem inars, workshop s, national labo ratory and site vi sits, as well as
demonstr ations and exercises as mutua lly determin ed by the Participant s. Topics may
include, but are not li mited to:
a) Physical protection ag ainst theft and sabotage;
b) Insider threat mitigati on, including trustworthiness program;
c) Transport security;
d) Cyber sec urity (securit y of informati on technology) ;
e) Nuclear security culture;
f) Security during decommissioning;
g) Security of facilities that use, store, or trans port radioactive sources and nuclear material;
h) Security of spent fuel and radioactiv e sources;
i) Adoption of non-radio isotopic alter native technolo gies (e.g. X -rays);
j) Strengthening regulations for maintaining the security and control of radioactive
sources and nuclear materials; and
k) Support the development of a national response plan for security alarm incidents at
nuclear and radiological facilities.
3. Joint w orking group s of technical experts may be formed to exch ange technic al informati on
and to m ake propo sals on tech nical and trai ning mat ters to effect ively imp lement th is
MOU.
II. GENERAL CONSIDERATIONS
1. This MOU is not an international agreement and does not give rise to a ny rights or obligations under
domestic or international law.
2. Cooperation under this MOU is subject to the availability of funds allocated for this purpose, personnel,
and other resources from the appropriate gov ernmental authorities.
3. The Participants are expected to protect information exchanged u nder this MOU to the
maximum extent permitted by the laws, regulations, rules, and nationa l policies governing
the subject matter in their respective count ries.
4. Each Participant intends to implement this MOU consis tently with its laws and regulations
and with the applicable international agre ements.
5. The Participants intend to amicably resolve any dispute regarding the interpretation or
application of this MOU through consultations.
III . IM PLEM ENTA TION, MOD IFIC ATION , AN D DU RATIO N
1. Implementation of this MOU is expected to begin upon signature by both Participants and may continue
indefinitely, unless the Participants decide to discontinue their participation, as provided in Paragraph 3
of this Section.
2. This MOU may be modified in writing a t any time by the Participants' mutual decision.

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