Resolución Exenta Nº 126 de Superintendencia de Medio Ambiente, 23-01-2020 - Normativa - VLEX 820692797

Resolución Exenta Nº 126 de Superintendencia de Medio Ambiente, 23-01-2020

Fecha23 Enero 2020
Número de resolución126
EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
.
SMA
1
Superintendenc
ia
del M e
di
o Ambiente
Gobierno
de
Chile
APRUEBA
"INSTRUCCIÓN
GENERAL
PARA
LA
CONEXIÓN
EN
LfNEA
Y
REPORTES
DE
SEGUIMIENTO
DE
LAS
ESTACIONES
DE
VIGILANCIA
DE
LA
DE
CALIDAD
DEL
AIRE
QUE
INDICA".
RESOLUCIÓN
EXENTA
N2
126
Santiago, 2 3
ENE
202
0
VISTOS:
Lo
dispuesto en
la
ley orgánica de
la
Superintendencia
del Medio Ambiente, fijada
en
el artículo segundo
de
la ley W 20.417, que crea el
Min
is
terio,
el
Servicio de Evaluación Ambiental y
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente
(LOSMA)
;
en
la
ley W
19.880, que establece
las
Bases
de los
Pro
ced
imientos Administrativos que rigen los Actos de l
os
Órganos de
la
Administración del Estado;
en
el
de
creto con fuerza de ley W 1/ 19
.6
53, de 2001, que
fija
te
x
to
refundido, coordinado y siste
mati
zado de la ley W 18.575, Orgán
ica
Constitucional de
Base
s Generales de la Administración del Estado; en
la
ley W 19.300, sobre
Bases
Generales del
Medio
Ambiente;
en
la
ley W 18.834, que Aprueba
el
Estatuto Administrativo;
en
la resolució n
exe
nt
a N"424, de 12 de mayo de 2017, d e
la
Superintendencia del
Medio
Ambiente, que f ija la
Organización Interna
de
la
Superintendencia del Medio Ambiente; en
la
s resoluciones exentas
W559, de 14 de mayo de 2018,
W4
38, de 28 de marzo de 2019, y W 1619, de
21
de noviembre de
2019, que modifican la resolución exenta W424, de 2017; en el decreto
co
n f ue
rza
de ley W 3, de
11 de septiembre de 2010, del
Mini
sterio
Sec
ret
a
ría
General de la
Pres
idencia, que fija
la
Planta de
Per
so
nal de la Superintendencia del Medio Ambiente y su Régimen de Remuneraciones;
y,
en
la
resolu ción W 7, de
16
de
mar
zo
de 2019,
de
la Contraloría General de la
Rep
ública,
qu
e Fija Normas
Sobre
Ex
ención del Trá
mit
e de Toma de Razó n.
CONSIDERANDO:
l.
El artículo segundo de
la
LO
SMA dispone que la
Superintendencia del Medio Am biente (SMA), fue creada con el objeto ejecutar, organizar y
coordinar el seguimiento y fiscalización de l
as
Resoluciones de
Ca
lificación Ambiental, de
las
medidas de los Planes
de
Prevención
y,
o de Descontaminación Ambiental, del con
tenido
de l
as
Normas de Calidad Ambiental y Normas
de
Emisión, y de los Planes
de
Manejo, cuando
corresponda, y de
to
dos
aq
uellos otros instrumentos
de
carácter a
mbi
ental que
es
tabl
ezca
la
Ley;
as
í
co
mo impo ner
sa
ncion
es
en caso q ue
se
co
nstaten
infr
accion
es
de su competencia.
2.
El
artículo 3°, letra
a)
de la
LO
SM
A,
dispone que
dentro
de
la
s funciones y atribucion
es
de la SMA,
se
encuentra la de 'Jisca/izar el perma
nente
cumplimie
nto
de
la
s norma
s,
condiciones y medidas establecidas en las Resoluciones de
Calificación Ambiental,
so
bre
la
base de
in
speccione
s,
control
es
, mediciones y análisis que se
rea
li
cen
(.
..
)".
3. Por su parte el litera l
b)
del
ref
erido artículo
dispone que la Superintendencia debe "[v]elar por e l cumplimie
nt
o de las medidas e
in
strumentos
es
tablecidos en los
Plan
es de
Pr
evención y, o de
De
scontaminación Ambie
nta
l(
...
)
".
4.
Po
r
otro
lado, los literales
d)
y
e)
de la misma
disposición indi
ca
n que la S
MA
podrá "[e)xigir, e
xam
in
ar
y procesar los dat os,
mue
streo
s,
P
ág
ina 1 d e 8

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