Resolución Exenta Nº 1108 de Superintendencia de Medio Ambiente, 28-06-2023 - Normativa - VLEX 939812286

Resolución Exenta Nº 1108 de Superintendencia de Medio Ambiente, 28-06-2023

EmisorSuperintendencia de Medio Ambiente
Número de resolución1108
Fecha28 Junio 2023
CVE 2337952 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.592 | Martes 4 de Julio de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2337952
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Superintendencia del Medio Ambiente
ACTUALIZA LISTADO DE PARALIZACIÓN DE GRANDES ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES AFECTOS AL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA DE LA REGIÓN METROPOLITANA
(Resolución)
Núm. 1.108 exenta.- Santiago, 28 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo segundo de la ley N° 20.417, que establece la Ley Orgánica de la
Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "LOSMA"); en la ley N° 19.300, sobre
Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en la ley N° 18.834 que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de
ley N° 3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la
Superintendencia del Medio Ambiente; en el decreto supremo N° 31, de 2016, del Ministerio del
Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la
Región Metropolitana de Santiago (en adelante "PPDA RM" o "Plan"); en la resolución exenta
N° 564, de 2023, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija su organización interna;
en el decreto supremo N° 70, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra
Superintendenta del Medio Ambiente; en la resolución exenta N° 752, de 2023, de la
Superintendencia del Medio Ambiente, que establece orden de subrogancia para los cargos de la
Superintendencia del Medio Ambiente que se indican; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón.
Considerando:
1° Que, la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante e indistintamente, "SMA" o
"Superintendencia") fue creada en virtud del artículo segundo de la ley N° 20.417, como un
servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio
propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio del
Medio Ambiente y tiene por objeto ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización
de las resoluciones de calificación ambiental, de las medidas de los planes de prevención y, o de
descontaminación ambiental, del contenido de las normas de calidad ambiental y normas de
emisión, y de los planes de manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos
de carácter ambiental que establezca la ley, correspondiéndole, de manera exclusiva, imponer
sanciones de conformidad a lo señalado en su ley orgánica (en adelante e indistintamente,
"LOSMA").
2° Que, el PPDA RM establece en el capítulo VI.6.1 las medidas para el control de
emisiones para grandes establecimientos industriales. En este sentido, de conformidad a lo
ordenado en el artículo 60 del PPDA RM, en un plazo de 12 meses contados desde la entrada en
vigencia del Plan, los titulares calificados como de Grandes Establecimientos existentes deberán
presentar los planes de reducción de emisiones ante la Seremi del Medio Ambiente de la Región
Metropolitana de Santiago, para su aprobación o rechazo.
3° Que, en atención a lo antes indicado, el plazo de presentación y aprobación o rechazo de
dichos planes de reducción de emisiones venció el 24 de mayo de 2019.

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