Resolución Exenta IP/N° 230 de Superintendencia de Salud, 19-01-2023 - Normativa - VLEX 923370395

Resolución Exenta IP/N° 230 de Superintendencia de Salud, 19-01-2023

Año2023
Fecha19 Enero 2023
SecciónPrestadores Institucionales
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
SUPERINTENDENCIA
DE SALUD
Intendencia de Prestadores de Salud
Subdepartamento de Fiscalización en Calidad
Subdepartamento de Sanciones y Apoyo Legal
RESOLUCIÔN EXENTA IP/N°
230
SANTIAGO,
19 ENE. 20?J
VISTOS:
1)
Lo dispuesto en los numerales
110
y 12°, del ArtIculo
40;
y en los numerates 1°, 2°
y 3°, del ArtIculo 121; todos del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del
Ministerio de Salud; en Ia Ley N°19.880; en los ArtIculos 16, 27, 43 y demás
pertinentes del "Reglamento del Sistema de Acreditación para los Prestadores
Institucionales de Salud", aprobado por el D.S. N° 15/2007, del Ministerio de Salud;
en el Decreto Exento N°18, de 2009, del Ministerio de Salud, que aprueba el Estándar
General de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Abierta; en Ia
Circular IP N°48, de 19 de agosto de 2020, que imparte instrucciones a las Entidades
Acreditadoras sobre el formato y elaboración del informe de acreditación; en Ia
Circular Interna IP/N°4, de 3 de septiembre de 2012, que instruye sobre Ia forma de
efectuar las inscripciones en el Registro Páblico de Prestadores Acreditados de esta
Intendencia; y en Ia Resolucián RA 882/52/2020, de 2 de marzo de 2020;
2)
La solicitud de acreditación N°3.609, de 24 de diciembre de 2020, del Sistema
Informático de Acreditación de esta Superintendencia, mediante Ia cual don Matlas
Del Campo Sabbagh, en representación del prestador institucional denominado
"CLINICA V CENTRO MEDICO POLICENTER PUENTE ALTO",
ubicado en caMe 21
de Mayo N°s 0165 y 0178, de Ia comuna de Puente Alto, Region de Metropolitana,
pide someter a dicho prestador a un procedimiento de acreditación, para que sea
evaluado en función del Estándar General de Acreditación para Prestadores
Institucionales de Atención Abierta, aprobado por el Decreto Exento N°18, de 2009,
del Ministerio de Salud;
3)
El informe de acreditación emitido con fecha 28 de noviembre de 2022 por Ia Entidad
Acreditadora
"ACREDITA CALIDAD E.I.R.L.";
4)
El texto corregido del informe señalado en el numeral anterior, de fecha 26 de
diciembre de 2022, emitido por Ia entidad antes señalada;
5)
La Resolución Exenta IP/N°111, de 10 de enero de 2023, que declara conforme a
derecho el texto del informe señalado en el N°4) precedente y ordena el pago de Ia
segunda cuota del arancel de acreditación;
6)
El correo electrónico, de 17 de enero de 2023, mediante el cual Ia Coordinadora del
Subdepartamento de Fiscalización en Calidad informa sobre el pago de Ia segunda
cuota del arancel de acreditación, por parte del prestador evaluado y solicita emitir
Ia presente Resolución;

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