Resolución Exenta IP/N° 4646 de Superintendencia de Salud, 02-11-2022 - Normativa - VLEX 914254633

Resolución Exenta IP/N° 4646 de Superintendencia de Salud, 02-11-2022

Fecha02 Noviembre 2022
SecciónPrestadores Institucionales
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
SUPERINTENDENCIA
DE SALUD
Intendencia de Prestadores de Salud
Subdepartamento de Sanciones y Apoyo Legal
Subdepartamento de Fiscalización en Calidad
RESOLUCIÓN EXENTA IP/N°
4646
VISTOS:
SANTIAGO,
7
J\J 7fl.
1)
Lo dispuesto en los numerales
110
y 12°, del artículo 4°;
y
en los numerales 1°, 2°
y 3°, del artículo 121; todos del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del
Ministerio de Salud; en la Ley N°19.880; en los artículos 16, 27, 43
y
demás
pertinentes del "Reglamento del Sistema de Acreditación para los Prestadores
Institucionales de Salud", aprobado por el Decreto Supremo N°15/2007, del
Ministerio de Salud; en el Decreto Exento N°34, de 2010, del Ministerio de Salud,
que aprueba el Estándar General de Acreditación para Centros de Diálisis; en la
Circular IP N°48, de 19 de agosto de 2020, que imparte instrucciones a las Entidades
Acreditadoras sobre el formato y elaboración del informe de acreditación; en la
Circular Interna IP/N°4, de 3 de septiembre de 2012, que instruye sobre la forma de
efectuar las inscripciones en el Registro Público de Prestadores Acreditados de esta
Intendencia; y en la Resolución RA 882/52/2020, de 2 de marzo de 2020;
2)
La solicitud de acreditación N°3.878, de 21 de enero de 2022, mediante la cual doña
Mónica Gutiérrez Mendoza, en su calidad de representante legal del prestador
institucional denominado
"DIALISIS NORTE
S.A.", ubicado en calle Bezanilla
N°1.285, de la comuna de Independencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana,
pide someter a dicho prestador a un segundo procedimiento de acreditación, en
función del Estándar General de Acreditación para Centros de Diálisis, aprobado por
el Decreto Exento N°34, de 2010, del Ministerio de Salud;
3)
El informe de acreditación emitido con fecha 29 de agosto de 2022, por la Entidad
Acreditadora
"QH SpA";
4)
El texto corregido del informe señalado en el numeral anterior, de fecha 2 de octubre
de 2022, emitido por la entidad antes señalada;
5)
La Resolución Exenta IP/N°4.050, de 5 de octubre de 2022, que declara conforme a
derecho el texto del informe señalado en el N°4) precedente y ordena el pago de la
segunda cuota del arancel de acreditación;
6)
El correo de la Coordinadora del Subdepartamento de Fiscalización en Calidad de
esta Intendencia, de fecha 28 de octubre de 2022; que da cuenta del cumplimiento
del pago indicado en el 5) precedente y solicita emitir la presente resolución;
CONSIDERANDO:
1°. Que, mediante el informe de acreditación relativo a los resultados del procedimiento
del prestador denominado
"DIALISIS NORTE
S.A.", la Entidad Acreditadora "QH
SpA" lo ha declarado como
ACREDITADO por segunda vez,
en virtud de haber
dado cumplimiento a las normas del Estándar General de Acreditación para Centros
de Diálisis, al haber constatado que dicho prestador
cumplió con el 100% de las

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