Resolución Ex. SII N° 124, de 11.11.2016 Otorga condonación sobre los intereses y/o multas infraccionales en los casos que se señalan
Autor | Gabriel Alvarado V |
Cargo | Director Responsable. Contador Auditor |
Páginas | 239-239 |
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DEVOLUCIÓN DE CREDITO FISCAL IVA A EXPORTADORES
9.- RESOLUCIÓN EX. SII N° 124, DE 11.11.2016
OTORGA CONDONACIÓN SOBRE LOS INTERESES Y/O MULTAS INFRACCIONALES
EN LOS CASOS QUE SE SEÑALAN.
SANTIAGO, 11 DE NOVIEMBRE DE 2019
Hoy se ha resuelto lo siguiente:
97 y 106 del Código Tributario, contenido en artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; lo
establecido en los artículos 1°, 9° y 19 letras c) y d), del Decreto con Fuerza de Ley
Servicio de Impuestos Internos; el artículo 45 del Código Civil; y,
CONSIDERANDO:
microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas, respecto a la disminución
de las ventas, o la imposibilidad de abrir sus locales comerciales,
SE RESUELVE:
empresas, medianas empresas y personas, los intereses y multas por el retardo en la
de postergación de pago, de los impuestos que debían declararse y/o pagarse por el
Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley N° 825, de 1974.
2° Condónense los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago de los
84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del
Decreto Ley N° 824, de 1974, a los contribuyentes que se encuentren en la situación
descrita en el resolutivo anterior.
Impuestos Internos y se aplicarán de forma automática, esto es, se otorgarán en
línea, al momento del envío de la declaración respectiva, dentro de un plazo que no
podrá exceder más allá del 10 de diciembre de 2019.
4° La presente Resolución entrará en vigencia a contar del día 13 de noviembre de
2019, inclusive.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO
OFICIAL.
CAROLINA SARAVIA MORALES, SUBDIRECTORA DE FISCALIZACIÓN (S)
NORMATIVA TRIBUTARIA
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