Resolución nº 12600/72 D.G.T.M. Y M.M., 20-02-2023
Fecha de la decisión | 20 Febrero 2023 |
Fecha de publicación | 20 Febrero 2023 |
Número de resolución | 12600/72 |
Emisor | D.G.T.M. Y M.M.,Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) |
D.G.T.M. Y M.M. EXENTA N° 12600/72 Vrs.
REGULA NAVEGACIÓN Y CRUCE EN SECTOR
BAJO COLO COLO EN EL CANAL CHACAO.
VALPARAÍSO, 20 FEB 2023
VISTO: lo dispuesto en los artículos 3°, letra a) y 6° del D.F.L. N°
292, de fecha 25 de julio de 1953; que aprobó la Ley Orgánica de la Dirección
General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; lo establecido en los
artículos 1°, 5°, 29° y 31° del Decreto Ley (M.) N° 2.222, de fecha 21 de mayo de
1978, que sustituyó la Ley de Navegación, la carta de navegación SHOA N°
7210; el Acta de la 2da. Reunión del Comité de Seguridad a la Navegación, de
fecha 13 de septiembre de 2022, y teniendo presente las atribuciones que me
confiere la reglamentación vigente,
C O N S I D E R A N D O :
1.-
Que, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina
Mercante, tiene por misión velar por la seguridad de la navegación,
debiendo aplicar y fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Navegación,
Convenios Internacionales y demás normas legales y reglamentarias
relacionadas con sus funciones, en particular, con la navegación en aguas
sometidas a la jurisdicción nacional.
2.-
Que, asimismo, esta Dirección General, tiene las atribuciones para
regular el tráfico marítimo, con el objeto de velar por la seguridad de la
navegación, de la vida humana en el mar y la protección del medio marino.
3.-
Que, el desarrollo tecnológico de los sistemas de navegación de
naves y ayudas de señalización marítima, han tenido un adelanto
exponencial, contribuyendo a la exactitud, precisión y seguridad de la
navegación.
4.-
Que, la cartografía del Canal Chacao, última edición año 2020,
permite navegarlo con seguridad en toda su extensión.
5.-
Que, con fecha 9 de agosto de 2022, se efectuaron pruebas en el
simulador Full Mission, perteneciente al Centro de Instrucción y Capacitación
Marítima (CIMAR), con resultados exitosos, avalando la seguridad de la
navegación en ambos sentidos en los pasos que se indican en la parte
resolutiva de la presente resolución.
6.-
Que, lo analizado en la 2da. Reunión del Comité de Seguridad a la
Navegación, de fecha 13 de septiembre de 2022, concluye como factible y
aceptable regular la navegación y cruce, en sector del Bajo Colo Colo del
Canal Chacao, aumentando las alternativas de paso,
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