Resolución de aprobación sobre asociación entre BASF SE, BMW Holding B.V. y Otros., 15-09-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 911214591

Resolución de aprobación sobre asociación entre BASF SE, BMW Holding B.V. y Otros., 15-09-2022

Fecha15 Septiembre 2022
Fecha de publicación26 Septiembre 2022
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Santiago, 15 de septiembre de 2022
VISTOS:
1. El documento de fecha 23 de junio de 2022, correlativo ingreso N°26.202-2022
(“Notificación”), por el cual se notificó a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o
FNE”) la operación de concentración consistente en un acuerdo de asociación entre
BASF SE (“BASF”), BMW Holding B.V. (“BMW”), Henkel AG & Co. KGaA (“Henkel”),
Mercedes-Benz AG (“Mercedes-Benz”), Robert Bosch Gesellschaft mit beschränkter
Haftung (“Bosch”), SAP SE (“SAP”), Schaeffler Invest GmbH (“Schaeffler”), Siemens
Industry Software GmbH (“Siemens”), T-Systems International GmbH (“T-Systems”),
Volkswagen Aktiengesellschaft (“Volkswagen”) y ZF Friedrichshafen AG (“ZF”, y
conjuntamente, las Partes” o los “Accionistas”), para la conformación de un joint
venture con el objeto de operar una plataforma para el intercambio de datos en la
industria automovilística (“Operación”).
2. La resolución de fecha 8 de julio de 2022, por medio de la cual esta Fiscalía declaró
incompleta la Notificación, de conformidad al artículo 50 del Decreto con Fuerza de
Ley N°1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 del año 1973 y sus
modificaciones posteriores (“DL 211”).
3. La presentación de fecha 22 de julio de 2022, correspondiente al correlativo ingreso
N°26.680-2022 (“Complemento”), por medio del cual las Partes subsanaron los
errores y omisiones de la Notificación identificados por esta Fiscalía.
4. La resolución dictada por esta Fiscalía con fecha 5 de agosto de 2022, que instruyó
el inicio de la investigación bajo el Rol FNE F319-2022 (“Investigación”).
5. El informe de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de esta misma fecha
(“Informe”).
6. Lo dispuesto en los artículos 1°, 2, 39, 50 y 54 y en el Título IV del DL 211.
CONSIDERANDO:
1. Que las Partes de la Operación son once empresas activas en diferentes segmentos
de la cadena de valor de la industria automotriz, ya sea como fabricantes de vehículos
o como proveedores de insumos o servicios.
2. Que la Notificación da cuenta de una operación de concentración de aquellas
comprendidas en el artículo 47 letra c) del DL 211, consistente en la conformación de
un joint venture por las Partes(“JV”).
3. Que, conforme a lo señalado por las Partes y de acuerdo a lo verificado por esta
Fiscalía, la Operación consistiría en la creación de una nueva entidad, diferente a las
Partes, que ejercería sus actividades en forma autónoma y permanente, con una
administración dedicada a sus operaciones diarias y con recursos suficientes para
operar en forma independiente.
4. Que, a efectos de implementar la Operación, cada uno de los Accionistas del JV
tendrá una participación equivalente al 9,09%, por lo que ninguno de los Accionistas
controlará el JV, ya sea individual o conjuntamente.

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