Resolución de aprobación sobre adquisición de control en Dercorp EX SpA, Dercorp CL SpA y sus filiales por parte de Inchcape plc y otros., 09-11-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 914828757

Resolución de aprobación sobre adquisición de control en Dercorp EX SpA, Dercorp CL SpA y sus filiales por parte de Inchcape plc y otros., 09-11-2022

Fecha09 Noviembre 2022
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Santiago, 9 de noviembre de 2022
VISTOS:
1. La presentación de fecha 11 de agosto de 2022, ingreso correlativo N°28.059-2022
(“Notificación”), en el cual Inchcape plc (“Inchcape Matriz”), Inchcape International
Holdings Limited, Índigo Chile Holdings SpA (“Índigo Chile”) e Inchcape Automotriz
Chile S.A. (“Inchcape Automotriz y, todas conjuntamente, las Adquirentes”) y
Cerro Mayo SpA, DT Huillinco SpA y Peñuelas Corp SpA (y, conjuntamente con Cerro
Mayo SpA y DT Huillinco SpA, Vendedores”; y todos ellos, en conjunto con las
Adquirentes, “Partes”), notificaron a esta Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”)
una operación de concentración consistente en: (i) la adquisición de Dercorp CL SpA
(“Dercorp CL”) por parte de Inchcape Automotriz, y (ii) la fusión por absorción, a
través de Índigo Chile, a Dercorp EX SpA (“Dercorp EX y, en conjunto con Dercorp
CL, cada una con sus respectivas filiales, las “Entidades Objeto oDerco)1; (iii)
(todo, “Operación”).
2. La resolución de fecha 26 de septiembre de 2022, que ordenó el inicio de la
investigación, bajo el rol FNE F326-2022 (“Investigación”), de conformidad al Título
IV del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento
y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley
N°211 de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
3. El informe de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de esta misma fecha.
4. Lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 39, 50 y 54 del DL 211.
CONSIDERANDO:
1. Que Inchcape Automotriz e Índigo Chile son sociedades chilenas que forman parte
de un grupo empresarial inglés controlado por Inchcape Matriz (“Grupo Inchcape”),
sociedad constituida en Inglaterra. En Chile participa, principalmente, en la
importación y distribución mayorista de vehículos, siendo el único actor que importa
en nuestro país vehículos de las marcas, ‘Subaru’, ‘DFSK’, ‘Geely’, ‘BMW’, ‘Mini’,
‘Rolls Royce’, ‘Volvo’, ‘Jaguar’, ‘Land Rover’, ‘Porsche’, y camiones ‘Hino’. Asimismo,
comercializa vehículos usados, partes o repuestos para los vehículos del conjunto de
marcas que comercializa y presta de servicios de post venta.
2. Que, por su parte, las Entidades Objeto son las únicas importadoras y distribuidoras
de vehículos de las marcas ‘Suzuki’, ‘Mazda’, ‘Renault’, ‘JAC’, ‘Changan’, ‘Havaly
‘Great Wall’. Asimismo, Derco comercializa vehículos usados, importa y comercializa
partes o repuestos, presta servicios de post venta y realiza corretaje de seguros
automotrices.
3. Que, mediante la Operación, el Grupo Inchcape adquirirá acciones o derechos que le
permitirán tener control e influir decisivamente en la administración de las Entidades
Objeto y sus filiales, por lo que la Operación corresponde a aquellas descritas en la
letra b) del artículo 47 del DL 211.
4. Que la principal actividad en que la Operación genera traslape horizontal entre las
Partes, consiste en la importación y distribución mayorista, así como en la
comercialización minorista de vehículos de pasajeros, SUVs, vehículos comerciales
(furgones y minitrucks livianos) y camiones, con un alcance geográfico que abarca
1 La Operación también abarca la emisión a favor de los Vendedores de un total de
acciones de Índigo Chile en canje de las acciones de Dercorp EX que sean contribuidas por estos; y la emisión
a favor de los Vendedores de acciones en Inchcape Matriz a cambio del aporte de las acciones
de Índigo Chile.

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