Resolución de aprobación de adquisición de control en GNL Quintero S.A. por parte de Condor Energy Holdings SpA, 09-06-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 906516986

Resolución de aprobación de adquisición de control en GNL Quintero S.A. por parte de Condor Energy Holdings SpA, 09-06-2022

Fecha09 Junio 2022
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
Santiago, 9 de junio de 2022
VISTOS:
1. La notificación de operación de concentración (“Notificación”) de fecha 11 de abril
de 2022, ingreso correlativo N°23.890-2022, consistente en la eventual adquisición,
por parte de Condor Energy Holdings SpA (“Condor Energyo “Comprador”), de un
80% de la participación accionaria de GNL Quintero S.A. (“GNLQ” o Sociedad
Objeto”), de propiedad de Borealis Calumet Holdings Inc. (“Borealis”), BPC Penco
VI Corporation (“BPC” y, junto con Borealis, “OMERS Chile”) y Enagás Chile SpA
(“Enagás Chile, junto a OMERS-Chile, Vendedores” y, todos los anteriores,
Partes”), lo que le permitirá a Condor Energy influir decisivamente en la
administración de GNLQ (“Operación”).
2. La resolución de fecha 10 de mayo del año 2022 que dio inicio a la investigación bajo
el Rol FNE F313-2022 (“Investigación”), con miras a evaluar los posibles efectos que
la eventual materialización de la Operación tendría sobre la competencia.
3. El informe de esta misma fecha de la División de Fusiones (“Informe”).
4. Lo dispuesto en los artículos 1, 2, 39 y en el Título IV del Decreto con Fuerza de Ley
N° 1 del año 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211 del año 1973 y sus
modificaciones posteriores (“DL 211”).
CONSIDERANDO:
1. Que Condor Energy es en un 75%, propiedad de fondos de inversión administrados
por filiales de EIG Asset Management LLC (parte del grupo empresarial de EIG, “EIG”)
y, en un 25%, propiedad Fluxys International S.A. (“Fluxys”). A su vez, EIG participa
directamente en la generación de energía eléctrica en Chile mediante proyectos de
energía fotovoltaica y de concentración solar que conforman el proyecto energético
Cerro Dominador, ubicado en la comuna de María Elena, Región de Antofagasta. Por
otra parte, Fluxys, y las entidades de su grupo empresarial, no desarrollan actividades
económicas en Chile.
2. Que Enagás Chile es una sociedad por acciones constituida en Chile, y es una filial
100% de ENAGÁS, S.A., constituida en España. La única actividad económica que
esta última desarrolla en Chile corresponde a la participación en GNLQ, con un 45,4%
del capital accionario de esta última. Borealis y BPC, por su parte, son compañías
holding constituidas como filiales indirectas de OMERS Administration Corporation
(“OMERS”) y detentan un 34,6% del capital de GNLQ, y ésta es la única inversión de
OMERS en Chile.
3. Que GNLQ es propietaria y opera la infraestructura del terminal portuario de Quintero,
ubicado en la bahía del mismo nombre, en la V Región de Valparaíso. GNLQ se limita
principalmente a descargar, almacenar y regasificar el gas natural licuado (“GNL”)
adquirido por GNL Chile S.A. (GNL Chile”) y entregarlo en forma de gas natural en
los puntos de envío. GNLQ es una sociedad de propiedad en un 20% de ENAP y,
como se indicó, en un 45,4% de Enagás Chile y un 34,6% de OMERS Chile.
4. Que la Operación consiste en la adquisición, por parte de Condor Energy, de un 80%
de la participación accionaria de GNLQ, propiedad de los Vendedores, adquiriendo
influencia decisiva en GNLQ. En consecuencia, la Operación descrita cumple con los
presupuestos para calificarla como una operación de concentración, de conformidad
con lo preceptuado en el artículo 47 letra b) del DL 211.
5. Que, a partir de la información recopilada durante la Investigación, esta División pudo
verificar que las actividades desarrolladas por el Comprador y sus relacionadas, ni
actual ni potencialmente, se superponen horizontal o verticalmente a las actividades

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