Resolución de aprobación sobre adquisición de control por parte de Mitsui & Co. Ltd. en Inversiones Mitta SpA, 17-11-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 878635691

Resolución de aprobación sobre adquisición de control por parte de Mitsui & Co. Ltd. en Inversiones Mitta SpA, 17-11-2021

Fecha17 Noviembre 2021
Fecha de publicación23 Noviembre 2021
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
1
Santiago, 17 de noviembre de 2021
VISTOS:
1. La presentación de fecha 26 de agosto de 2021, ingreso correlativo N° 11744-21
(“Notificación”), que notifica a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía”) la
operación de concentración entre Mitsui & Co. Ltd. (“Mitsui”) y Sociedad de
Inversiones Tajamar Limitada (“Tajamar” y, en conjunto con Mitsui, las “Partes”),
consistente en la eventual adquisición por parte de Mitsui de un 11% de la
participación de Tajamar en la sociedad Inversiones Mitta SpA (“Mitta”), que otorgará
a Mitsui el control individual sobre Mitta (“Operación”).
2. La resolución de fecha 9 de septiembre de 2021, por la que la Fiscalía declaró
incompleta la Notificación, y la presentación de las Partes de fecha 24 de septiembre
de 2021, ingreso correlativo N° 12138-21, por medio de la cual acompañaron nuevos
antecedentes con objeto de subsanar los errores y omisiones de la Notificación.
3. La resolución de fecha 6 de octubre de 2021, que ordenó el inicio de la investigación,
bajo el rol FNE F288-2021 (“Investigación”), de conformidad al Título IV del Decreto
con Fuerza de Ley N° 1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973,
y sus modificaciones posteriores (“DL 211”).
4. El informe de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de esta misma fecha.
5. Lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 39, y en el Título IV del DL 211.
CONSIDERANDO:
1. Que, en la actualidad, Mitsui detenta un 49% de las acciones de Mitta y un control
conjunto negativo sobre dicha entidad con Tajamar. Tras la materialización de la
Operación, Mitsui pasaría a tener una participación de un 60% en Mitta, con
prerrogativas que le permitirán controlarla individualmente. Por lo tanto, la Operación
corresponde a una adquisición de derechos en los términos del artículo 47 letra b) del
DL 211.
2. Que la Operación generaría una superposición vertical entre las actividades de
importación y distribución mayorista de vehículos livianos y medianos nuevos, en que
participa Mitsui a través de Toyota Chile S.A. (“Toyota Chile”), y los servicios de rent
a car (“RAC”) y leasing operativo (“LOP”) en que participa Autorentas del Pacífico SpA
(“ADP”), filial de Mitta.
3. Que, en el mercado de comercialización mayorista de vehículos livianos y medianos,
el índice Herfindahl Hirschman no supera los 1.500 puntos, lo que es indicativo de un
escaso potencial anticompetitivo según la guía para el análisis de operaciones de
concentración de la Fiscalía. Asimismo, la participación de Toyota Chile no supera el
10% bajo ninguna definición alternativa plausible de mercado relevante de producto
según tipo de vehículo (vehículos de pasajeros, SUV, camionetas y vehículos
comerciales), salvo en el segmento de camionetas.
4. Que, en virtud de lo anterior, es posible descartar que a raíz de la Operación se vaya a
materializar un riesgo de bloqueo de insumos en el mercado aguas debajo de las
empresas de LOP y de RAC en los segmentos de vehículos de pasajeros, SUV y
vehículos comerciales.
5. Que, en cuanto a un eventual bloque de insumos para las empresas de LOP y RAC en
el segmento de camionetas, en el que Toyota Chile tiene una participación de entre un

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