Resolución de aprobación sobre adquisición de control en Inversiones Logísticas Aéreas S.A. por parte de BICE Logística Fondo de Inversión, 06-08-2021
Fecha | 06 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 26 Agosto 2021 |
Tipo de Asunto | Concentraciones o Integraciones |
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Santiago, 6 de agosto de 2021
VISTOS:
1. La presentación de fecha 16 de junio de 2021, documento ingreso correlativo
N°09412-2021 (“Notificación”), por la cual se notificó a esta Fiscalía Nacional
Económica (“Fiscalía”) la eventual adquisició n, por parte de BICE Lo gística Fondo de
Inv ersión (“Fondo BICE”), administrado y representado por BICE Inversiones
Administradora General de Fondos S.A. (“BICE AGF”), de influencia decisiva sobre
la sociedad I nversiones Logísticas Aéreas S.A. (“Inversiones Logísticas Aéreas”)
de parte de Inversiones Logísticas Limitada (“Inverlog” y, con las demás entidades,
“Partes” y, a todo, “Operación”).
2. La resolución dictada po r esta Fisc alía con fecha 30 de junio de 2021, que ordenó el
inicio de la investigación, bajo el rol FNE F283-2021, de conformidad al Título IV del
Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fome nto y
Turismo, q ue fija el te xto ref undido, co ordinado y sistematizado del Decre to Ley N°211
de 1973, y sus modificaciones posteriores (“DL 21 1”).
3. El informe de la División de Fusiones de esta Fiscalía, de esta misma fecha.
4. Lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 39, 50 y 54 de l DL 211.
CONSIDERANDO:
1. Que Fondo BICE es un fondo de inversión creado para invertir en Inversiones
Logísticas A éreas y administrado por B ICE AGF, confo rme a la Ley Única de Fondos1.
Ésta, a su vez, es una sociedad anónima especial cuyo objeto exclusivo consiste en
la administración de fondos mutuos y fondos de inversión, controlada por el Banco
BICE. Por su parte, Inversiones Logísticas Aéreas es una sociedad holding que
participa del negocio aéreo a través de dis tintas sociedades f iliales, siendo co ntrolada
por Inverlog y realizando distintos servicios relacionados con la actividad
aeroportuaria (“Servicios”)2.
2. Que la Operación co nsiste en la adquisición, por parte de Fondo BICE, de derechos
que le permitirían influir decisivamente en Inversiones Logísticas Aéreas mediante la
adquisición del 40% de su capital accionario, lo cual le per mitiría a Fondo BICE –
sumado a la suscripción de un pacto de accionistas– ejercer a su respecto un co ntrol
negativo al tener la posibilidad de ejercer un derecho a veto en asuntos relevantes
para su comportamiento competitivo. La Operación así celebrada tendría naturaleza
jurídica de o peración de concentraci ón en los términos previstos en el artículo 47 letra
b) del DL 211.
3. Que, revisadas las actividades de Fondo BICE, de su grupo empresarial y de sus
entidades relacionadas, así como los Servicios de Inversiones Logísticas Aéreas, es
posible afirmar que las Partes no se traslapan en sus actividades ni a niv el horizontal
1 Ley N° 20.712.
2 Servicios de representación de líneas aéreas que se dedican al transporte de carga por vía aérea desde
y hacia Chile, incluyendo servicios de asistencia en tierra y manejo de carga, así como los de coordinación y
supervisión de las operaciones de importación y exportación, la prestación de los servicios de almacenamiento
de carga de importación transportada vía aérea y de los servicios complementarios y adicionales expresamente
autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas al interior del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez,
en la Región Metropolitana, y del Aeropuerto Internacional Diego Aracena Aguilar, en la Región de Tarapacá, y
la prestación de los servicios de almacenamiento de carga de exportación a ser transportada vía aérea y de los
servicios complementarios y adicionales expresamente autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas al
interior del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez.
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