Resolución 040-2014 de la Unidad de Análisis Financiero, del 08-01-2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 858002229

Resolución 040-2014 de la Unidad de Análisis Financiero, del 08-01-2015

JurisdicciónChile
Año2015
Número de resolución040-2014
Fecha08 Enero 2015
Actividad EconómicaCorredor de Propiedades
Tipo de procesoIncumplimiento Circular UAF 49
UNIDAD
DE
ANÁLISIS
FINANCIERO
L,{)I~II.~N()
fl[
(:I1,t(.
RES.
EXENTA
Dj.
109-007-2015
ROL
040-2014
PONE
TÉRMINO
AL
PROCESO
SANCIONATORIO
Y
APLICA
SANCIÓN
QUE
INDICA.
Santiago,
8
de
enero
de
2015
VISTOS:
Lo
dispuesto
en
la
los
de la
la
Circular
UAF
49,
de
2012,
de
la
Unidad
de
Análisis
Financiero;
el
del
Ministerio
de
Hacienda;
as
Resoluciones
Exentas
Dj.
Nos.
108-133-2014,
y
108-448-2014;
y,
CONSIDERANDO:
Primero)
Que,
la
Unidad
de
Análisis
Financiero
por
Resolución
Exenta
108-133-2014,
de
fecha
14
de
marzo
de
2014,
formulé
cargos
e
inició
un
proceso
sancionatorio
en
contra
del
sujeto
obligado
Moya
Propiedades
e
Inversiones
Limitada,
ya
individualizado
en
el
presente proceso
infraccional,
por
no
dar
cumplimiento
a
las
obligaciones
contenidas
en
las
instrucciones
impartidas
por
esta
Unidad
de
Análisis Financiero,
en
la
Circular
UAF
49,
de
2012.
Segundo)
Que, con
fecha
17 de
marzo
de
2014,
se
notificó
personalmente
al
representante
legal
del
sujeto
obligado
la
resolución
individualizada
en
el
Cons
derando
Primero precedente.
Tercero)
Que, con
fecha
31
de
marzo
de
2014,
y
encontrándose
dentro
del
plazo
establecido
en
la
ley,
el
sujeto
obligado
presentó
un
escrito
de
descargos
y
acompañó
una serie
de
documentos.
Cuarto)
Que,
en
la
presentación
referida
en
el
considerando
anterior,
el
sujeto
obligado
desarrolla
una
serie
de
alegaciones relativas
a
los
cargos
formulados,
argumentos
que
son
analizados
en
el
Considerando
Octavo
de
la
presente
resolución
exenta.
Quinto)
Que,
por
Resolución
Exenta
Dj.
108-448-2014,
de
fecha
25
de
julio
de
2014,
se
tuvieron
por
presentados
los
descargos,
por
acompañados
los
documentos
individualizados
en
dicha resolución,
se
abrió
un
término
probatorio
y
se
fijaron
puntos
de
prueba.
Esta
resolución
fue
notificada
al
sujeto
obligado
por
carta
certificada
recibida
en
la
oficina
postal
de
destino
el día
30 de
julio
2014,
según
consta
en
el
expediente
administrativo
Sexto)
Que,
Moya
Propiedades
e
Inversiones
Limitada,
no
rindió
prueba
adicional
a
la
acompañada
a
su
presentación
de
fecha
31
de
marzo
de
2014,
habiendo vencido
el
término
probatorio
referido
en
el
considerando
anterior.
Séptimo)
Que,
en
conformidad
al
principio
conclusivo
dispuesto
en
el
de
la
de
Bases
de
los
Procedimientos
Administrativos,
la
Unidad
de
Análisis Financiero
debe
emitir
un
pronunciamiento
resolviendo
derechamente
el
procedimiento
iniciado
con
motivo
de
la
Resolución Exenta
Dj.
108-1
33-2014.
Octavo)
Que,
analizados
los
cargos
formulados
en
estos
autos,
los
descargos
presentados
por
el
sujeto
obligado
y
la
prueba

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