Resolución 015-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 23-10-2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 858003495

Resolución 015-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 23-10-2012

JurisdicciónChile
Fecha23 Octubre 2012
Número de resolución015-2012
Actividad EconómicaEmisoras de tarjetas de crédito
Tipo de procesoIncumplimiento Circulares UAF Nos. 9, 25 y 32
UNIDAD
DE
ANÁLISIS
FINANCIERO
CUH~FRN{)
(21
CIII,_f
PONE
TÉRMINO
AL
PROCESO
SANCIONATORIO
Y
APLICA
SANCIÓN
QUE
INDICA.
RES.
EXENTA
D,J.
N°106-873-2012
ROL
N°015-2012
Santiago,
23 de
octubre
de
2012.
VISTOS:
Lo
dispuesto
en
la
Ley
N°19.913;
los
de la
Decreto Supremo
(E)
N°422,
de
2012,
del
Ministerio
de
Hacienda;
las
Circulares
Nos.
9,
de
2006,
25
Y
32,
ambas
de
2007,
todas
de
la
Unidad
de
Análisis
Financiero;
las
Resoluciones
Exentas
DJ.
Nos.
106-281-2012
y
siguientes;
y,
CONSIDERANDO:
Primero)
Que,
la
Unidad
de
Análisis
Financiero
por
Resolución Exenta
106-281-2012,
de
24
de
abril
de
2012,
formuló
cargos
e
inició
un
proceso
sancionatorio
en
contra
del
sujeto
obligado
Car
S,A.,
por
hechos que
constituirían infracciones
a
las
instrucciones
impartidas
por
esta
Unidad
de
Análisis
Financiero
en
las
Circulares
UAF
Nos.
9,
de
2006,
25 y
32,
ambas
de
2007.
Segundo)
Que, con
fecha
2
de
mayo
de
2012,
se
notificó
personalmente
de
la
resolución
individualizada
en
el
considerando
anterior,
al
representante
legal
del
sujeto
obligado
aludido
precedentemente.
Tercero)
Que,
con
fecha
14 de
mayo
de
2011,
el
sujeto
obligado
Car
S.A.
presentó
un
escrito
de
descargos
y
acompañó
documentos.
Cuarto)
Que,
en
la
presentación
referida
en
el
considerando
anterior,
el
sujeto
obligado
desarrolla
una
serie
de
alegaciones
que
contravienen
los
cargos
formulados,
argumentos
que
son
analizados
en
el
Considerando
Séptimo
de la
presente
resolución
exenta
DJ.
Quinto)
Que,
con
fecha
25 de
junio
de
2012,
se
dictó
la
Resolución Exenta
DJ.
106-631-2012,
por
medio
de la
cual
se
abrió
un
término
probatorio
de
ocho
días
hábiles,
fijándose
cinco
puntos
de
prueba.
Además,
se
incorporó
al
presente
proceso
infraccional
el
Informe
de
Fiscalización
de
la
División
de
Fiscalización
y
Cumplimiento
de
esta
Unidad
de
Análisis
Financiero,
así
como
los
documentos
y
declaraciones
aportados por
el
sujeto
obligado,
durante
el
proceso
de
fiscalización
que
dio origen
a
la
formulación
de
cargos
ya
referida
en
el
considerando
Primero
de
la
presente resolución
exenta
Dj.
Esta
resolución
fue
notificada
al
sujeto
obligado
por
carta
certificada
despachada
con
fecha
27
de
junio
de
2012,
según
consta
en
el
presente
proceso.
Sexto)
Que,
con
fecha
9
de
julio
de
2012,
la
empresa
presentó
un
escrito
acompañando prueba
documental
adicional,
la
que
se
tuvo
por
acompañada mediante
Resolución
Exenta
DJ.
N°106-743-2012,
de
3
de
agosto
de
2012,
notificándose
dicha
resolución mediante carta
certificada
enviada
el
6
de
agosto
de
2012.
Séptimo)
Que,
en
referencia
a
los
cargos
formulados
por
este
Servicio
y
las
alegaciones realizadas
por
Car
SA.
en
el
presente
proceso
infraccional,
y
analizando
la
prueba
incorporada
a
éste
de
acuerdo
a
las
normas
de
la
sana
crítica,
se
establece
lo
siguiente:

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