Resolución 005-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 11-10-2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 858003335

Resolución 005-2012 de la Unidad de Análisis Financiero, del 11-10-2012

JurisdicciónChile
Fecha11 Octubre 2012
Año2012
Número de resolución005-2012
Actividad EconómicaCorredor de Propiedades
Tipo de procesoInfraccion circular Nº 9 , 18 y 25
UNIDAD
DE
ANÁLISIS
FINANCIERO
it
t.JIHí,
RES.
EXENTA
DJ.
N°106-841-2012
ROL
N°005-2011
PONE
TÉRMINO
AL
PROCESO
SANCIONATORIO
Y
APLICA SANCIÓN
QUE
INDICA.
Santiago,
11
de
octubre
de
2012
VISTOS;
Lo
dispuesto
en
la
Ley
N°19.913;
los
articulos
40
y
41
de
la
LeyN°
19.880;
las
Circulares
Nos.
9,
de
2006,
18
y
25,
de
2007,
todas
de la
Unidad
de
Analisis
Financiero;
el
Decreto Supremo
983;
de
fecha
3
de
agosto
de
2012;
las
Resoluciones
Exentas
D.J.
Nos.
106-117-2012, 106-372-2012,
106-
731-2012,
y
106-787-2012;
y.
CONSIDERANDO:
1.
Que,
la
Unidad
de
Análisis
Financiero
por
Resolucion
Exenta
Dj.
106-117-2012,
de
fecha
30
de
enero
de
2012,
formuló
cargos
e
inicio
un
proceso
sancionatorio
en
contra
del
sujeto
obligado
Intermediaria
Fides
Limitada,
representada legalmente por
don
Francisco
Horacio
Salazar
Parraguez
y/o
Olga
Elena
Salazar
Parraguez,
por
no
dar
cumplimiento
a
las
instrucciones
impartidas
por
esta Unidad
de
Análisis
Financiero
en
las
Circulares
UAF
Nos.
9,
del
año
2006,
18
y
25, ambas
del
año
2007.
2.
Que,
la
Unidad
de
Análisis
Financiero
por
Resolucion
Exenta DJ.
N°106-372-2012,
de
fecha
9
de
mayo
de
2012,
se
designo
nuevos
ministro
de
fe
para
los
efectos
de
practicar
la
notificación
de la
Resolución
DJ.
106-
117-2012,
de
fecha
30 de
enero
de
2012,
de
formulación
de
cargos.
3.
Que, con
fecha
11
de
mayo
de
2012,
se
notificaron
personalmente
las
resoluciones
exentas
DJ
Nos.
106-117-2012
y
106-372-
201
2
al
representante
legal
del
sujeto
obligado.
4. Que,
con
fecha
28
de
mayo
de
2012,
y
encontrándose
dentro
del
plazo
establecido
en
la ley,
el
sujeto
obligado
Intermediaria
Fides
Limitada
presentó
un
escrito
de
descargos
manifestando
un
conjunto
de
consideraciones,
respecto
de
las
posibles
infracciones
materia
del
presente
procedimiento
administrativo..
5.
Que,
el
sujeto
obligado
en
su
escrito
de
descargos, acompañó
la
siguientes
prueba
documental:
a.
Copia
autorizada
de
escritura
pública
de
Mandato
Judicial,
por
la
cual
se
confiere
poder
a
don
Ladislao
Alex
Quevedo
Langenegger.
b.
Balance
General año
2011,
de la
empresa
Intermediaria
Fides
Limitada
6. Que,
por
Resolución Exenta
DJ
N°1
06-
731-201
2,
de
fecha
27
de
julio
de
2012,
se
tuvieron
por
recibidos
los
descargos,
se
abrió
un
término
probatorio,
se
fijaron
puntos
de
prueba
y
se
incorporaron
al
procedimiento
infraccional sancionatorio
los
documentos
acompanados
por
el
sujeto
obligado
en
su
escrito
de
descargos,
además
del
Informe
de
Fiscalización
de
la
División
de
Fiscalización
y
Cumplimiento,
de
fecha
18
de
octubre
de
2011,
los
documentos
y
declaraciones

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